Poder Judicial: Esta es la nueva escala de ingresos económicos de los trabajadores

El Ministerio de Economía y Finanzas autorizó una transferencia de S/ 134 millones a este poder del Estado, para cubrir la nueva escapa remunerativa de los empleados

El decreto supremo en mención se publica en las sedes digitales del Poder Judicial / Foto: archivo El Comercio

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó una nueva escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728.

Mediante Decreto Supremo Nº 112-2023-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, también se autorizó una transferencia de 134 millones 246 mil 179 soles a favor del Poder Judicial, para financiar el incremento de la escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo, por el periodo de junio a diciembre del 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.

La nueva escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial es la siguiente:

La norma explica que, en ningún caso, el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 puede percibir un monto superior a lo establecido en la nueva escala de ingresos aprobada, siendo que el 40% se encuentra afecto a cargas sociales y es de naturaleza pensionable.

El Poder Judicial solo reconoce al personal jurisdiccional y administrativo sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, la nueva escala de ingresos mensual aprobada, una gratificación por Fiestas Patrias, una gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad.

VERIFICACIÓN

La máxima autoridad administrativa del Poder Judicial verifica el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto supremo, bajo responsabilidad.

Se prohíbe la percepción, por parte del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, de cualquier otro ingreso, bonificación, asignación, incentivo, compensación económica y conceptos de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento, en forma adicional al monto establecido en la nueva escala de ingresos, con excepción de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y la asignación familiar, de corresponder.

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF procede, de oficio, a la actualización del monto de los ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.

El decreto supremo en mención se publica en las sedes digitales del Poder Judicial (www.pj.gob.pe) y del MEF (www.gob.pe/mef).

ANDINA

 

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