PJ asegura que mérito y eficacia primarán en carrera de trabajadores judiciales

Ley de Carrera del Trabajador Judicial beneficiará a más de 18 mil servidores del Poder Judicial

Foto referencial: Difusión

El Poder Judicial (PJ) dio a conocer que la eficacia, el mérito, y la igualdad de oportunidades primarán en la carrera de los trabajadores judiciales. Como se sabe, recientemente se promulgó en el diario Oficial El Peruano el texto de la Ley 30745, Ley de la Carrera del Trabajador Judicial, la cual beneficiará a 18 mil 442 servidores del PJ que están bajo el régimen del Decreto legislativo 728.

La norma establece la estructura y organización funcional de los servidores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, quienes quedan excluidos de los alcances de la Ley del Servicio Civil (Servir). También señala los principios rectores de la carrera del trabajador judicial desde su ingreso hasta su salida, estableciendo la capacitación, los deberes, derechos e incompatibilidades, así como el régimen disciplinario de los servidores. 

LEE: Alcalde de distrito en Huancayo fue detenido tras ser acusado de pedir coima

Asimismo, se precisó que no podrán acceder a la carrera judicial quienes hayan sido condenados por delito doloso, destituidos o despedidos de cualquier dependencia pública o de la actividad privada por falta grave. 

El sistema de ingreso será mediante concurso público de mérito a cargo de la Comisión Permanente de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia o de la Gerencia General, según sea el caso. Concluido el proceso de selección corresponderá el nombramiento en los niveles y especialidades, según el orden de mérito alcanzado y hasta cubrir las plazas vacantes. 

En las disposiciones complementarias, la ley aprobada señala que el Ministerio de Economía y Finanzas y el Poder Judicial conformarán una Comisión de Trabajo para elaborar la ley de escala remunerativa de los trabajadores de la carrera judicial y preparar los proyectos normativos para su concreción, en un plazo de 180 días desde la entrada en vigencia de la norma.

Tags

  1. Poder Judicial
  2. trabajadores judiciales
Logo Canal N
© Canal N | CONTÁCTANOS: Redacción: info@canaln.pe - tlf: 411-0808