Rechazan recurso presentado por Fujimori para anular su condena

Corte Superior de Justicia de Lima rechazó hábeas corpus.

Foto: AP

La Jueza del 43° Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, María Niño Palomino de Villareal, declaró infundado en todos sus extremos la demanda de Hábeas Corpus presentado por Alberto Fujimori contra los Jueces Supremos integrantes de la Primera Sala Penal Especial y la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema.

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Alberto Fujimori presentó este recurso debido a la supuesta violación de los principios de vulneración al debido proceso, por lo que solicitó se declare nula la sentencia de 25 años de prisión que se le impusiera, así como la sentencia que confirma la misma, y que se se ordene un nuevo juzgamiento y se disponga su inmediata libertad por haber transcurrido en exceso todo plazo de detención preventiva.

En su resolución, la Jueza indicó que las sentencias emitidas por ambas Salas Supremas fueron producto de un proceso regular en que se respetaron todos los derechos fundamentales y que durante el desarrollo del Juicio Oral el demandante y su defensa no cuestionaron ninguno de los puntos que ahora alegan.

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Explicó que, la legitimidad de la actuación de los Jueces Supremos Provisionales no afecta de modo alguno el derecho constitucional al Juez Natural, con lo que se desestima lo expuesto por el demandante quien alegaba carencia de facultades para intervenir de estos Jueces al contar con la condición de Ex Presidente de la República.

Finalmente, señaló que, en el presente caso el demandante fue condenado por los delitos de asesinato, lesiones graves y secuestro agravado, ilícitos penales que se encuentran comprendidos en nuestro Código Penal y que son los mismos por los que la justicia chilena autorizó su extradición.

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