Telefónica aclara información sobre proceso judicial con la Sunat

El juicio con Sunat duró 14 años y fue por el caso de las acotaciones tributarias que cuestionó la empresa de telefonía

La Corte Suprema confirmó el desconocimiento realizado por la Sunat a los gastos financieros respecto del Impuesto a la Renta.

Luego de 14 años de proceso judicial, la Corte Suprema se manifestó en las primeras decisiones finales sobre los cinco reparos o acotaciones que corresponden al ejercicio fiscal 2000 (Casación 11111- 2016-Lima) y declaró infundada la impugnación de Telefónica del Perú sobre dos de ellos: cargas financieras y la deducción tributaria.

El monto de los reparos que el máximo ente de jusitica impugnó, y que son exigibles cobrar a la Sunat, sumarían entre S/ 4,500 a S/ 5,000 millones, según el diario Gestión.

Sobre las cargas financieras, Sunat cuestionó a la empresa de comunicaciones, aduciendo que su operación de financiamiento no había identificado la porción de capital recibido en el marco de su operación de reorganización simple.

En el caso de la deducción tributaria “overhead”, o errores de normas contables, la sentencia rechazó la deducción de los gastos de administración y gastos generales que usó la empresa de telefonía, relacionados a los gastos incurridos por Telefónica Móviles, ya que se trataba de parte del costo computable de los activos.

Telefónica responde

Sin embargo, la empresa señaló mediante un comunicado que esta información es inexacta, pues en la resolución que les han notificado no contempla esta cifra. Afirma que el monto máximo que tienen en discusión no supera los S/ 700 millones en cinco reparos, de los cuales solo dos son adversos, mientras que en los otros tres se declaró fundado el pedido de nulidad.

Además, el comunicado desmiente que producto de la resolución judicial exista una deuda exigible en Sunat, y no cierra en definitva los procesos de deuda tributaria.

La sentencia precisó que se comprende dentro del valor computable de los activos a los gastos indirectos, los gastos de personal y operativos (realizados por Telefónica Móviles), por lo que detalló que se trató de una incorrecta deducción del IR (error contable).

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