TC declaró nula la prisión preventiva de Vladimir Cerrón

El supremo tribunal argumentó deficiencias en la motivación judicial al denegar la variación a comparecencia restringida.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró nula la orden de prisión preventiva de 24 meses dictada contra el exgobernador regional de Junín, Vladimir Cerrón. La resolución emitida por el Pleno del supremo tribunal declaró fundado el recurso de hábeas corpus presentado por la defensa del procesado.
La acusación formulada por el Ministerio Público imputaba al investigado la presunta jefatura de la organización criminal Los Dinámicos del Centro.

De acuerdo con los actuados fiscales, el grupo ilícito gestionaba la expedición irregular de licencias de conducir y el cobro de cuotas a trabajadores en el Gobierno Regional de Junín.
Evaluación constitucional del peligro procesal
El fallo determinó que las resoluciones del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional incurrieron en una motivación insuficiente al denegar la variación de la medida restrictiva por la de comparecencia.
Según el tribunal, los magistrados de origen no valoraron adecuadamente el cambio de circunstancias fácticas establecido bajo la norma procesal.
El pronunciamiento constitucional precisó que la condición de "no habido" del procesado no constituye un argumento automático para sustentar el peligro de fuga.
La resolución judicial estableció que "no puede ser entendido en el sentido de que constituya un argumento válido para sustentar el peligro procesal el haber evitado su detención mientras estaba vigente un mandato de detención que a la postre iba a ser anulado".

Las instancias judiciales previas revocaron el mandato inicial de comparecencia con restricciones del 25 de noviembre de 2022 tras imputar el incumplimiento de las reglas de conducta.
No obstante, la defensa técnica demostró que la conducta del investigado respondió a sentencias condenatorias en los casos La Oroya y Aeródromo Huanca, las cuales fueron anuladas y revocadas en 2025.
Anulación de resoluciones e instrumentalización del derecho
El tribunal dispuso declarar nulas las resoluciones emitidas en 2023 y 2025 que revocaron la comparecencia e impusieron la prisión preventiva.
Asimismo, el máximo intérprete de la norma fundamental ordenó al órgano jurisdiccional dictar nuevas medidas cautelares alternativas proporcionales para asegurar la presencia del procesado sin recurrir a la privación de la libertad.
En los fundamentos del fallo, la magistratura advirtió sobre los riesgos del uso de los procesos penales para la persecución política, señalando que "determinadas personas o grupos de poder buscarán realizar un uso indebido de instrumentos jurídicos para fines de persecución política, destrucción de imagen pública e inhabilitación de un adversario político".
La sentencia llevó la firma de los magistrados Domínguez Haro, Morales Saravia, Gutiérrez Ticse y Hernández Chávez.
Tras la notificación del fallo, el investigado manifestó mediante un mensaje público que "el TC ordenó mi libertad al ser perseguido por una arbitrariedad judicial", calificando la medida previa como un abuso del sistema de justicia.





