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TC exhorta a Policía y Mininter evitar detenciones como en UNMSM

El TC advirtió que las detenciones en la UNMSM fueron masivas, desproporcionadas y sin individualización de responsabilidades, lo que vulneró derechos fundamentales.
Foto y video: Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) ha exhortado al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional del Perú (PNP) a respetar los derechos fundamentales a la libertad y adecuar sus protocolos de actuación para evitar detenciones irregulares.

Esta medida responde a la intervención policial realizada el 21 de enero de 2023 en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), cuando 192 personas fueron arrestadas sin la presencia de un representante del Ministerio Público.

La sentencia, emitida en el expediente 02370-2023-PHC/TC, declaró fundada una demanda de habeas corpus presentada por Madeleine Moral Castro y otros, quienes denunciaron vulneraciones al derecho a la libertad personal. Según el TC, se comprobó que hubo una violación al debido procedimiento policial en la ejecución del operativo.

Sentencia del TC subraya uso desproporcionado de la fuerza

En el fallo, la Sala Segunda del TC considera que la actuación de la PNP fue irregular y desproporcionada. “La actuación ejercida por la PNP fue masiva y en un contexto en el que no se individualizaron hechos ilícitos que justifiquen su actuar”, señala la sentencia.

El documento también precisa que entre los detenidos había ciudadanos llegados de provincias para ejercer su derecho a la protesta, así como estudiantes y residentes universitarios.

El Tribunal advierte que situaciones como las ocurridas en San Marcos deben ser evitadas en un Estado Constitucional de Derecho, donde el respeto por los derechos fundamentales debe primar sobre cualquier acción institucional.

Si bien los detenidos fueron liberados días después y, por tanto, no es posible reponer las cosas al estado anterior, el TC emitió un pronunciamiento de fondo debido a la relevancia de los hechos y la necesidad de evitar su repetición.

Exhortación directa al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional

El Tribunal Constitucional exhortó específicamente al Ministerio del Interior y a la PNP a “adecuar sus protocolos y prácticas de manera que hagan uso proporcionado de la fuerza y eviten detenciones irregulares, bajo responsabilidad”. La sentencia fue remitida al Ministerio Público y a la Inspectoría General de la PNP para que actúen conforme a sus atribuciones.

Esta decisión establece un precedente jurídico que podría tener implicancias en futuras intervenciones durante movilizaciones sociales o protestas ciudadanas, especialmente en contextos de emergencia o conflictividad social.

La Sala Segunda del TC está integrada por los magistrados Helder Domínguez Haro (presidente), Gustavo Gutiérrez Ticse y César Ochoa Cardich, quienes también ofrecieron fundamentos de voto adicionales.

Opinión de los magistrados sobre el derecho a la protesta

El magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse afirmó que el derecho a la protesta es un derecho constitucional, aunque no se mencione expresamente en la Constitución. Señaló que este derecho impone deberes de abstención al Estado y también obligaciones de garantizar su ejercicio.

“Un Estado vulnera este derecho cuando disuelve manifestaciones pacíficas mediante la fuerza pública, si utiliza la fuerza de manera desproporcionada o si realiza detenciones arbitrarias sin distinguir entre manifestantes violentos y pacíficos”, subrayó Gutiérrez.

Por su parte, el magistrado César Ochoa Cardich indicó que la intervención policial fue violenta e irregular, y que el TC tiene el deber de pronunciarse incluso cuando los hechos hayan cesado, si estos vulneraron principios constitucionales.

Lo ocurrido en San Marcos: el operativo y sus consecuencias

El 21 de enero de 2023, en el marco de protestas contra el gobierno de Dina Boluarte, la PNP ingresó violentamente a la Universidad de San Marcos, realizando detenciones sin presencia del Ministerio Público ni de la Defensoría del Pueblo.

El operativo dejó cerca de 200 detenidos, muchos de ellos estudiantes y ciudadanos llegados de regiones del interior del país.

Las imágenes del operativo fueron difundidas en redes sociales y generaron una amplia ola de críticas. La presidenta Boluarte reconoció días después que la incursión “no se hizo de la manera adecuada”.

La Universidad emitió un comunicado donde afirmó que la Policía actuó de oficio ante el incumplimiento de un acuerdo para que los manifestantes abandonaran el campus el 19 de enero. La rectora Jerí Ramón defendió la acción policial, aunque admitió que desconocía el uso de tanquetas.

Denuncias de abusos y comparaciones con hechos del pasado

Abogados y activistas de derechos humanos denunciaron que los detenidos fueron incomunicados, amenazados y sometidos a vejaciones. La actuación policial fue comparada por algunos sectores con operativos realizados durante el régimen de Alberto Fujimori en los años noventa.

La intervención elevó la tensión política en la capital y profundizó las críticas al manejo de las protestas por parte del Ejecutivo y del Ministerio del Interior.

En su reciente sentencia, el TC remarcó que “el respeto de los derechos fundamentales está sobre cualquier institución pública, las que deben llevar a cabo sus actividades siempre en sumisión a ellos”.

Alcances institucionales y envío de actuados al Ministerio Público

Finalmente, en cumplimiento del artículo 17 del Nuevo Código Procesal Constitucional, la Sala remitió los actuados al Ministerio Público y a la Inspectoría General de la PNP. Esto busca determinar eventuales responsabilidades administrativas o penales.

La decisión reafirma el papel del Tribunal Constitucional en la protección de los derechos fundamentales, incluso cuando los hechos ya no pueden ser revertidos, pero representan una amenaza para la legalidad en el futuro.

El Tribunal Constitucional exhortó al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional a corregir sus protocolos tras declarar fundada una demanda por detenciones irregulares en San Marcos. El TC consideró que el operativo fue desproporcionado y vulneró derechos fundamentales. La sentencia, aunque sin efecto restitutivo, establece precedentes y fue remitida al Ministerio Público y la Inspectoría de la PNP para eventuales responsabilidades.

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