España: absolvieron a ginecólogo que robó una bebé porque su delito prescribió

Mujer denunció al ginecólogo en el 2012 por separarla de su familia y darla en adopción ilegalmente. El médico fue hallado culpable, pero sus delitos ya prescribieron

(Foto: EFE/Video: Canal N)

España. Un tribunal español responsabilizó hoy al ginecólogo Eduardo Vela de la sustracción de una recién nacida en una clínica de Madrid en 1969 para entregarla a otra mujer, pero lo absolvió porque los delitos prescribieron, según la sentencia del primer juicio celebrado en España por casos de bebés robados.

Es la primera vez, a pesar de la absolución, que resulta probado judicialmente uno de estos casos de niños arrebatados con engaños a sus padres al nacer para darlos a otras familias, en muchos ocasiones previo pago, y que ocurrieron sobre todo entre 1950 y 1990.

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El doctor Vela, de 85 años, era el único acusado de participar en la sustracción de Inés Madrigal a su madre hace 49 años en la clínica San Ramón para entregarla a una mujer estéril.

La Audiencia de Madrid le consideró autor "de forma incontestable" de todos los delitos por los que fue procesado: detención ilegal, suposición de parto cometido por facultativo y falsedad en documento oficial.

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Pero resultó absuelto de todos ellos porque su prescripción comenzó en 1987, cuando Madrigal cumplió la mayoría de edad (18 años).

La Fiscalía pedía 11 años de prisión, pero la defensa argumentaba que los delitos habían prescrito. Madrigal y su abogado anunciaron que recurrirán la sentencia en el Tribunal Supremo, que fijará la jurisprudencia para los casos similares que se juzgarán en el futuro.

La víctima dijo a la prensa que estaba contenta porque se reconoció que la "arrebataron" de su madre biológica, pero decepcionada porque los hechos se consideren prescritos. Opinó que el tribunal debería haber sido "valiente".

Igualmente, el presidente de la asociación SOS Bebés Robados, Enrique Vila, dijo en un comunicado que se sentía "sorprendido, indignado y triste".

Como abogado de la Asociación Nacional de Afectados por Adopciones Irregulares, Vila inició la denuncia de estos casos en 2011, cuando presentó ante la Fiscalía General del Estado unos 400 supuestos de "hijos robados", podrían ser decenas de miles, en clínicas privadas y públicas de todo el país.

Por primera vez en España, el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas abrió en julio pasado un procedimiento de investigación de un caso de bebé robado por la queja de un matrimonio de Navarra (norte) al que supuestamente robaron su hijo al nacer en 1985.

Las jueces firmantes de la sentencia conocida hoy determinaron que Vela entregó al matrimonio formado por Pablo Madrigal e Inés Pérez "una niña de pocos días de edad fuera de los cauces legales, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz".

Todo ello "sin que conste" consentimiento ni conocimiento de los padres biológicos, de los que se desconoce su identidad. Tampoco se han encontrado los libros de registro de la clínica San Ramón de Madrid.

Por tanto, dan por probado que el ginecólogo certificó de puño y letra el alumbramiento de la niña por parte de Inés Pérez en su presencia, lo que jamás ocurrió; fue entregada sin consentimiento a aquel matrimonio y, gracias a estas maniobras, inscrita en el Registro Civil como hija biológica.

Antes el médico les había ofrecido a otro "hijo de otra mujer" y dio indicaciones a Inés Pérez para que simulase un embarazo, si bien ésta no aceptó.

La defensa de Vela consideraba prescritos los hechos pues, al tratarse de tres delitos conexos, el plazo de prescripción se toma a partir del más grave, es decir, el de detención ilegal, de 10 años.

Así, cuando Inés Madrigal denunció el caso, en 2012, los delitos habían prescrito hacía ya quince años.

El delito de detención ilegal es permanente, pues no se agota en en la sustracción, sino que continúa mientras se mantiene el encierro o privación de libertad. Pero el tribunal admite que "la limitación de libertad termina en el momento en que el menor alcanza la mayoría de edad".

Además, la audiencia indica que la víctima empezó a conocer su verdadera situación familiar al ser mayor de edad, momento desde el que pudo realizar las averiguaciones y acciones que considerara convenientes, ya que no dependía de nadie. EFE

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