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Archivan investigación definitiva contra exfiscal Delia Espinoza

Foto y video: Canal N

El Juzgado Supremo determinó que la magistrada no suscribió el reglamento fiscal que originó la investigación penal.

El Poder Judicial ordenó el archivo definitivo de la investigación penal seguida contra la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones en calidad de instigación.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró fundado el recurso técnico de excepción de improcedencia de acción deducido por la defensa de la magistrada.

El magistrado Juan Carlos Checkley Soria determinó que los hechos imputados a Espinoza Valenzuela no constituyen un injusto penal ejecutable en la vía ordinaria.

Captura: Canal N

De acuerdo con la resolución del expediente 00073-2025-2-5001-JS-PE-01, la conducta atribuida a la fiscal suprema carece de tipicidad objetiva debido a la falta de participación material directa en la emisión del acto administrativo cuestionado.

Fundamentos judiciales que extinguieron la investigación fiscal

El tribunal supremo concluyó que la imputación del Ministerio Público reconoció de forma explícita que la Resolución 2246-2024-MP-FN, la cual aprobó el Reglamento de actuación fiscal en la investigación del delito el 14 de octubre de 2024, fue suscrita únicamente por Juan Carlos Villena Campana.

En esa fecha, el magistrado ejercía de forma interina la conducción de la Fiscalía de la Nación.

La decisión del juez Checkley Soria resalta la inexistencia de un acto arbitrario directo cometido por la investigada en el ejercicio de sus funciones. El pronunciamiento emitido señala que la vía penal no es el mecanismo idóneo para dilucidar controversias o pugnas normativas vinculadas a las competencias de las instituciones del Estado.

Origen de la denuncia y posiciones de las partes del proceso

La controversia se originó a partir de una acusación formulada por el Congreso de la República mediante la Resolución Legislativa N.º 007-2025-2026-CR. La denuncia sostenía que el reglamento institucional contravenía de facto la Ley 32130, norma que modificó el Código Procesal Penal para otorgar a la Policía Nacional del Perú la titularidad de la investigación preliminar.

Durante el desarrollo de las audiencias, el Ministerio Público se mostró conforme con la excepción planteada al aceptar que Espinoza Valenzuela no firmó la norma interna. Por el contrario, la Procuraduría General del Estado solicitó declarar infundado el recurso técnico argumentando que la magistrada intervino en la formación de la voluntad de la entidad.

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