Congreso incorpora principio de neutralidad en parlamentarios

Congreso incorpora principio de neutralidad en parlamentarios. Foto y video: Canal N

El Congreso oficializó el artículo 25-A en su Reglamento, que regula el principio de neutralidad en congresistas y limita el proselitismo político en horarios de sesiones

El Congreso de la República oficializó la incorporación del principio de neutralidad en congresistas mediante la Resolución Legislativa 001-2025-2026-CR, publicada en el diario oficial El Peruano. La norma añade el artículo 25-A al Reglamento del Parlamento y regula los alcances de la actividad política de los legisladores en el ejercicio de sus funciones.

La disposición busca precisar la diferencia entre la expresión política permitida y el proselitismo partidario durante el cumplimiento de tareas parlamentarias. El documento lleva la firma del presidente del Congreso, José Jerí Oré, y del primer vicepresidente, Fernando Rospigliosi Capurro, con lo cual queda formalizada su entrada en vigencia.

Principio de neutralidad en congresistas

 

El nuevo artículo 25-A establece que los parlamentarios pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias sin que ello constituya una infracción al deber de imparcialidad o neutralidad. Con esta disposición, se reconoce el derecho de los legisladores a mantener una actividad política dentro del marco de su representación.

Sin embargo, se aclara que esta facultad no habilita a realizar actividades de proselitismo político en horarios de sesiones de comisiones en las que sean miembros ni en el Pleno del Congreso. De darse este escenario, los parlamentarios deberán solicitar una licencia sin goce de haber.

La incorporación del principio de neutralidad se enmarca en la necesidad de regular el equilibrio entre el ejercicio de derechos políticos de los legisladores y la obligación de mantener un funcionamiento institucional ordenado en el Congreso.

Restricciones en la práctica parlamentaria

 

La norma establece restricciones precisas sobre la conducta de los parlamentarios. El objetivo es impedir que los espacios legislativos se utilicen para fines de promoción partidaria, al mismo tiempo que se respeta la libertad de expresión política de cada congresista.

Estas restricciones buscan que las sesiones del Pleno y de las comisiones mantengan un carácter estrictamente legislativo, evitando que la actividad partidaria interfiera en el debate parlamentario. La licencia sin goce de haber aparece como un mecanismo de regulación cuando un legislador decida realizar actividades de carácter proselitista en paralelo a sus funciones.

El artículo 25-A refuerza así el marco normativo que regula la conducta parlamentaria, estableciendo un balance entre los derechos políticos individuales y las exigencias de neutralidad institucional.

Oficialización de la norma en el Congreso

 

La Resolución Legislativa 001-2025-2026-CR fue publicada en la sección de Normas Legales del diario oficial El Peruano, lo que garantiza su aplicación inmediata. Al contar con la firma de las máximas autoridades de la Mesa Directiva, el cambio en el Reglamento del Congreso se encuentra plenamente formalizado.

La decisión representa un ajuste normativo que busca mejorar la claridad en el ejercicio de los derechos políticos de los parlamentarios y, al mismo tiempo, delimitar el ámbito de actuación dentro de las sesiones legislativas. Este acto refuerza la capacidad regulatoria del Congreso sobre la conducta de sus propios miembros.

El principio de neutralidad en congresistas queda establecido como una disposición normativa vigente, con el objetivo de regular la interacción entre la labor parlamentaria y las actividades políticas externas.

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