Juez se inhibe en el proceso del caso Cócteles de Keiko Fujimori

El magistrado Wilson Verástegui decidió inhibirse en el proceso penal del caso Cócteles contra Keiko Fujimori luego de que una publicación lo vinculara al político César Acuña, generando dudas sobre su imparcialidad.
El juez Wilson Verástegui decidió inhibirse de continuar conociendo el proceso penal seguido contra Keiko Fujimori en el denominado Caso Cócteles, luego de que un reportaje periodístico difundiera una fotografía suya junto al político César Acuña. La decisión fue oficializada mediante la Resolución N.° 08, emitida por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional el 27 de octubre de 2025.
En su resolución, el juez fundamentó su decisión en la necesidad de preservar la imparcialidad objetiva del proceso, señalando que las publicaciones periodísticas podían afectar la percepción pública de neutralidad en su actuación.
Las imágenes y afirmaciones divulgadas por el semanario “Hildebrandt en sus trece” generaron un escrutinio sobre la relación entre el magistrado y Acuña, líder del partido Alianza para el Progreso (APP).

Inhibición de Verástegui del proceso judicial
El juez Verástegui comunicó su decisión de apartarse del proceso a la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, la cual deberá ahora resolver si acepta su inhibición.
La medida fue adoptada tras el mandato del Tribunal Constitucional de pronunciarse sobre la situación jurídica de Keiko Fujimori.
El magistrado explicó que, aunque mantiene su imparcialidad subjetiva, el vínculo familiar histórico entre su padre y el entorno de Acuña podría generar suspicacias.
Según declaró en su resolución, conoció a Acuña por esa relación antigua, pero no sostiene ningún tipo de amistad cercana o vínculo laboral con él.

Reportaje periodístico y repercusión pública
La portada de la revista que motivó esta decisión incluyó una fotografía de Verástegui con Acuña, acompañada de titulares que insinuaban una relación cercana entre ambos.
La publicación indicaba frases como “el juez de Keiko” y mencionaba un supuesto vínculo familiar o de amistad que podría comprometer la independencia del proceso.

Marco legal de la inhibición judicial
El magistrado sustentó su decisión en la cláusula abierta del artículo 53, inciso 1, apartado e) del Código Procesal Penal.
También citó principios internacionales y jurisprudencia relevante que sustentan el principio de imparcialidad, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Interamericana.
Asimismo, aludió a jurisprudencia peruana, incluyendo precedentes del Tribunal Constitucional y acuerdos plenarios de la Corte Suprema, en los que se enfatiza que la imparcialidad judicial no solo debe existir, sino también ser percibida como tal.

Contexto del proceso contra Keiko Fujimori
El Caso Cócteles se refiere a la presunta financiación irregular de las campañas presidenciales de Keiko Fujimori en los años 2011 y 2016.
La Fiscalía sostiene que los fondos habrían provenido de empresas como Odebrecht y conglomerados económicos locales, y que se habría simulado legalidad a través de eventos sociales denominados "cócteles".
La acusación señala la existencia de una organización criminal y ha solicitado la disolución del partido Fuerza Popular.
El pasado 2 de julio, el equipo especial del caso Lava Jato elevó a 35 años el pedido de prisión contra Fujimori, luego de que se anulara un juicio oral anterior en abril.
Intervención del Tribunal Constitucional
El 2 de octubre de 2025, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 185/2025, declarando fundada una demanda de habeas corpus presentada por la defensa de Keiko Fujimori.
Esta sentencia anuló diversas resoluciones judiciales previas y ordenó al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional resolver la situación jurídica de la acusada “en el más breve término”.
Como resultado, el proceso volvió a una etapa clave, en la que el juez Verástegui debía emitir una decisión relevante sobre el curso del caso, lo cual aumentó el escrutinio público y mediático sobre su figura.
Argumentos del juez sobre su imparcialidad
En su resolución, Verástegui rechazó tener una “gran amistad” con César Acuña. Sostuvo que su relación se limitaba a un conocimiento derivado de una antigua relación entre sus padres en Cajamarca, y que no existía ningún lazo personal ni profesional entre ambos.
El magistrado remarcó que su trayectoria judicial se ha desarrollado exclusivamente en el ámbito público y académico, desligado de cualquier entorno partidario.
Sin embargo, afirmó que “la teoría de las apariencias” y la necesidad de preservar la confianza pública exigían su apartamiento.
Disposición final de la resolución judicial
El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dispuso que los actuados del Caso Cócteles fueran elevados a la Sala Penal de Apelaciones Nacional, para que esta determine los pasos a seguir.
También se notificó a las partes procesales involucradas en el expediente N.° 299-2017 y se ordenó dar cumplimiento inmediato a la resolución.
El tribunal superior deberá decidir si acepta la inhibición del juez Verástegui y designa a un nuevo magistrado que continúe con el caso, especialmente ante la proximidad de decisiones pendientes luego del fallo del Tribunal Constitucional.
El juez Wilson Verástegui se inhibió de continuar conociendo el proceso penal contra Keiko Fujimori, conocido como Caso Cócteles, tras la difusión de un reportaje que mostraba una fotografía suya junto a César Acuña. El magistrado fundamentó su decisión en la necesidad de preservar la imparcialidad objetiva del proceso, amparándose en normas nacionales e internacionales. Aunque negó una relación cercana con Acuña, reconoció que la percepción pública podría verse afectada. El expediente fue remitido a una sala superior, que decidirá si acepta su inhibición. El proceso continúa tras un fallo reciente del Tribunal Constitucional favorable a Fujimori.








