Jueza concede medida cautelar a fiscal de la Nación y suspende investigaciones de la JNJ

El Sexto Juzgado Constitucional concedió nuevamente la medida cautelar a la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y suspendió las investigaciones que inició la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en contra de esta

Patricia Benavides, fiscal de la Nación. Foto: Ministerio Público. Video: Canal N

El Sexto Juzgado Constitucional, a cargo de la magistrada Jacqueline Tarrillo Meneses, resolvió conceder -nuevamente- la medida cautelar solicitada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en contra de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Además, Tarrillo dispuso, de forma provisional, la inmediata suspensión de las investigaciones preliminares seguidas por la JNJ a la titular del Ministerio Público.

"Conceder la medida cautelar solicitada por Liz Patricia Benavides Vargas, en contra de la Junta Nacional de Justicia. Disponer, de forma provisional, la inmediata suspensión de las investigaciones preliminares seguidas por la JNJ en contra de Liz Patricia Benavides, en los expedientes N° 001-2023-JNJ y N° 008-2023-JNJ (acumulados), así como todos los actos derivados de las denuncias e investigaciones preliminares seguidos por la JNJ contra la actora Liz Patricia Benavides Vargas, en su actuación como fiscal de la Nación, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad funcional en caso de incumplimiento", se lee en la resolución.

Imagen: Expediente 04855-2023-0-1801-JR-DC-06.
Imagen: Expediente 04855-2023-0-1801-JR-DC-06.

TERCERA SALA CONSTITUCIONAL PIDIÓ MAYOR ANÁLISIS

Cabe recordar que el pasado 5 de octubre, la Tercera Sala Constitucional de Lima declaró nula la resolución que concedió la medida cautelar solicitada por Benavides contra la JNJ, la cual dispone la suspensión de las investigaciones preliminares en su contra.

La Tercera Sala Constitucional advirtió que la magistrada Tarrillo no había motivado debidamente su resolución y que había aceptado el pedido de la demandante sin mayor análisis.

Por ello, el tribunal dispuso en esa oportunidad que el Juzgado de origen (Sexto Juzgado Constitucional de Lima) expida un nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta las pautas señaladas en la resolución expedida y observando el principio de celeridad.

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