Universidades que se les denegó licenciamiento podrán volver a solicitarlo
Luego de cumplir ciertos requisitos y superada la moratoria para la creación de universidades públicas y privadas
Aquellas universidades públicas y privadas a las que les fue denegado el licenciamiento por no alcanzar estándares mínimos de calidad, podrán someterse nuevamente a ese proceso, luego de cumplir ciertos requisitos y superada la moratoria de creación de estos centros de educación superior, lo que ocurrirá en abril del año 2020.
Según informó Andina, el director general de Educación Superior Universitaria, Jorge Mori, señaló que, tal como lo indica la Sunedu en un comunicado, no existe ninguna normativa que le prohíba a las universidades volver a postular para obtener su licencia, luego de que les fuera denegada.
En cuanto al plan de emergencia dispuesto por el Decreto Supremo 016-2019-Minedu, para las universidades públicas a las que se les negó el licenciamiento, Mori sostuvo que este es la reacción del Minedu ante una denegatoria de licenciamiento a una universidad pública y que se enmarca dentro de sus funciones de promotor de la educación superior universitaria estatal.
Respecto de la situación de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, Mori recordó que fue la última en adecuarse a la Ley Universitaria por razones políticas y porque tuvo autoridades renuentes y una serie de conflictos que paralizaron su gestión. "Esto es el resultado de autoridades equivocadas", afirmó a RPP.
Plan de Emergencia
El Ministerio de Educación (Minedu) publicó una normativa que establece una ruta de acciones ante la denegación de licencia de una universidad pública. El objetivo de esta norma es elaborar y ejecutar un plan de emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad en un plazo máximo de 12 meses y solicitar la licencia institucional en un nuevo procedimiento.
El plan de emergencia es un instrumento técnico que contiene el detalle de las acciones concretas que la universidad pública debe desarrollar para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, que le permita solicitar la licencia institucional en un nuevo procedimiento.
En caso cumpla con el plan de emergencia y logre alcanzar las condiciones básicas de calidad, la universidad podrá presentarse a un nuevo proceso de licenciamiento, conforme a la normativa vigente, antes del cese definitivo de la prestación del servicio educativo.
En caso la universidad no cumpliese el plan de emergencia o no obtuviese la licencia institucional en una segunda oportunidad, el Minedu iniciará las acciones que permitan la reorganización de dicha universidad, de acuerdo al marco legal.
Cabe indicar que, durante el proceso de cese y el periodo de ejecución del plan de emergencia, la universidad debe continuar brindando el servicio educativo a los estudiantes matriculados.
En paralelo, la universidad debe cumplir con el reglamento del proceso de cese de actividades, dispuesto por la Sunedu, debiendo suspender los procesos de admisión, entre otras obligaciones.
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