PJ: Admiten a trámite hábeas corpus a favor de Pedro Castillo

El Poder Judicial admitió a trámite un hábeas corpus que solicita liberar al expresidente Pedro Castillo

Admiten a trámite hábeas corpus a favor de Pedro Castillo. Foto: Presidencia. Video: Canal N

El Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, bajo la dirección de la jueza Ana Del Rosario Osorio Sosa, admitió a trámite una demanda de hábeas corpus presentada por el abogado Walter Ayala a favor del expresidente Pedro Castillo. La acción legal involucra al Despacho Presidencial, al Poder Judicial, al Congreso de la República y al Ministerio Público. Actualmente, el exmandatario se encuentra recluido en el penal de Barbadillo cumpliendo una condena de 11 años y cinco meses de prisión por el delito de conspiración para la rebelión, tras su intento de autogolpe de Estado el 7 de diciembre de 2022.

El petitorio solicita declarar fundado el recurso y ordenar la inmediata libertad de Pedro Castillo por presunta detención arbitraria. Asimismo, requiere anular la Resolución del Congreso N° 001-2022-2023-CR, que declaró la vacancia presidencial el 7 de diciembre de 2022, y la Resolución N° 002-2022-2023-CR, que levantó su antejuicio político. La demanda busca dejar sin efecto las prisiones preventivas de 18 y 36 meses dictadas por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, sus confirmatorias de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema y las resoluciones que las prolongaron o ampliaron. Finalmente, solicita anular la sentencia de primera instancia del 4 de diciembre de 2025 que lo condena por el delito de conspiración para una rebelión, basándose en la Opinión N° 78/2025 del Grupo de Trabajo sobre detención arbitraria de la ONU.

Poder Judicial otorga plazo de tres días a las entidades emplazadas para presentar descargos

Los fundamentos de la demanda exponen que la detención del 7 de diciembre de 2022 se ejecutó por orden telefónica de un superior policial, sin orden judicial ni flagrancia delictiva, afectando el procedimiento de antejuicio político contemplado en los artículos 99 y 100 de la Constitución. Sostiene que el delito de rebelión requiere un alzamiento en armas que no ocurrió y califica el mensaje a la Nación como una proclama política sin efectos jurídicos. También alega vicios en la vacancia por no alcanzar los 104 votos del Reglamento del Congreso, afectación al derecho de defensa por la asignación de un defensor público sin consentimiento y vulneración a la presunción de inocencia por declaraciones públicas de autoridades.

La resolución judicial declaró la competencia del juzgado y dispuso correr traslado a la Procuraduría General del Estado, así como a las procuradurías del Ministerio de Justicia, del Congreso, del Poder Judicial y del Ministerio Público. Las entidades emplazadas cuentan con un plazo de tres días calendario para presentar sus descargos sustentados, bajo apercibimiento de emitirse el pronunciamiento con los actuados disponibles.

Tags

  1. Pedro Castillo

Relacionadas

Logo Canal N
© Canal N | CONTÁCTANOS: Redacción: info@canaln.pe - tlf: 411-0808