PJ ordena al Congreso otorgar pensión vitalicia a Pedro Castillo

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El Poder Judicial declaró fundada una demanda de amparo y ordenó al Congreso emitir una nueva resolución que otorgue pensión al expresidente.

El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima declaró fundada una demanda de amparo presentada por el expresidente José Pedro Castillo Terrones y ordenó al Congreso de la República otorgarle la pensión vitalicia suspendida desde diciembre de 2022. La resolución judicial señala que se vulneró el derecho constitucional de igualdad al denegarle el beneficio, pese a existir un caso previo con distinto tratamiento legal.

El expediente judicial 04905-2024-0-1801-JR-DC-03 resolvió anular las resoluciones parlamentarias que negaron la solicitud del demandante y dispuso que el Congreso emita un nuevo pronunciamiento favorable al exmandatario. El fallo establece además que el pago debe aplicarse de forma retroactiva y se ordena asumir los costos procesales.

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Demanda presentada por Castillo contra el Congreso

El expresidente presentó una acción de amparo para dejar sin efecto la carta que denegó su pensión y la resolución que rechazó su apelación.

Además, pidió que se le reconozca el derecho a recibir la pensión vitalicia desde el 8 de diciembre de 2022. La demanda incluyó la solicitud de costos procesales.

Fundamento legal invocado por el Congreso

El Parlamento argumentó que la solicitud de Castillo fue rechazada conforme a la Ley N° 26519, que suspende el derecho a pensión en casos con acusación constitucional.

En febrero de 2023, el Congreso aprobó una acusación contra el exmandatario por los presuntos delitos de organización criminal, corrupción y tráfico de influencias.

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Análisis judicial del principio de igualdad ante la ley

El juzgado aplicó el principio iura novit curia y evaluó una presunta vulneración del derecho a la igualdad. Se determinó que el Congreso actuó con criterios contradictorios frente a casos sustancialmente iguales, al conceder la pensión a Alberto Fujimori sin requerir una sentencia de inocencia pese a existir también una acusación constitucional en su contra.

Evidencia presentada durante el proceso judicial

Entre los documentos aportados por el demandante figura una boleta de pago emitida a nombre de Alberto Fujimori con fecha 31 de julio de 2024. El juzgado consideró que esta evidencia acreditaba un tratamiento diferenciado en la aplicación del artículo 2° de la Ley 26519.

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Aplicación de la Ley N° 26519 sobre pensión a expresidentes

La norma establece que los expresidentes constitucionales tienen derecho a una pensión mensual equivalente al sueldo de un congresista en actividad. No obstante, este beneficio queda en suspenso si existe una acusación constitucional, salvo que una sentencia judicial declare la inocencia del beneficiario.

Resolución del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio

El fallo declaró fundada la demanda de amparo, anuló los actos administrativos impugnados y ordenó al Congreso emitir un nuevo pronunciamiento otorgando la pensión a Pedro Castillo. Además, se ordenó el pago de los costos procesales correspondientes al caso.

Contexto político y legal previo a la sentencia

Pedro Castillo fue vacado por el Congreso tras un intento de disolver el Parlamento el 7 de diciembre de 2022. En mayo de 2024, el Congreso ratificó la denegatoria de su pensión. Su defensa legal, encabezada por el exministro Walter Ayala, anunció entonces la presentación de una acción de amparo ante el Poder Judicial.

El Poder Judicial declaró fundada una acción de amparo presentada por Pedro Castillo y ordenó al Congreso de la República otorgarle la pensión vitalicia suspendida desde diciembre de 2022. El fallo se basa en el principio de igualdad, al constatar que el Parlamento aplicó un criterio diferente frente al caso de Alberto Fujimori, quien recibe el beneficio pese a tener una acusación constitucional. El juzgado anuló las resoluciones denegatorias y dispuso emitir un nuevo pronunciamiento favorable. También ordenó el pago de los costos procesales. La decisión se emite en el expediente 04905-2024-0-1801-JR-DC-03.

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