Ricardo Morán: TC ordenó a Reniec la inscripción de sus hijos y reconocerles la nacionalidad peruana

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la inscripción inmediata de los hijos de Ricardo Morán y reconocerles también su nacionalidad peruana


 

Fachada del Tribunal Constitucional. Foto: Tribunal Constitucional. Video: Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la inscripción inmediata de los hijos de Ricardo Morán y reconocerles también su nacionalidad peruana.

Además, el TC declaró nulas las resoluciones regionales y registrales que declararon improcedentes las solicitudes de inscripción administrativa del nacimiento de los niños e inaplicable la regla de que sólo la madre puede inscribir a su hijo, con sus apellidos, sin revelar la identidad del padre, tal como se establece en el tercer párrafo del artículo 21 del Código Civil, modificado por la Ley 28720.

Asimismo, reconoció, expresamente, que el Reniec obró conforme a sus facultades, ya que no le corresponde el control constitucional del ordenamiento jurídico, sino su estricto cumplimiento.

“En la sentencia, el TC no analizó las circunstancias del nacimiento de los niños, por el contrario, centró su análisis en la discriminación por razón de sexo en perjuicio de los varones, ya que el artículo 21 del Código Civil, permite a la madre inscribir a sus hijos con sus apellidos, sin revelar el nombre del progenitor, pero no reconoce el mismo derecho al padre”, informó el TC.

TC EXHORTA AL CONGRESO EQUIPARAR DERECHOS

De acuerdo con el tribunal, la sentencia resalta que es de la mayor importancia que un niño conozca la identidad de ambos padres. Sin embargo, no les parece razonable supeditar la inscripción y el derecho al nombre o a la nacionalidad, al conocimiento de la identidad de ambos padres, teniendo en cuenta que la ley otorga a la madre ese derecho, sin dar el nombre del padre y sin expresión de causa alguna.

Igualmente, el TC exhortó al Congreso para que, en el marco de sus atribuciones, equipare el derecho de un padre a inscribir a sus hijos con sus apellidos, sin develar el nombre de la madre, así como a establecer algún sistema o procedimiento para que cuando un niño, con posterioridad a su inscripción, desee conocer la identidad del otro progenitor, pueda hacerlo a través de un registro reservado al que pueda tener acceso.

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