Sunat prorroga declaración y pago del Impuesto a la Renta anual y mensual

El ente adoptó esta medida considerando la ampliación del estado de emergencia hasta el 30 de junio

Sunat sobre el Impuesto a la Renta. Foto: Andina

La Sunat decidió aplazar las fechas de vencimiento de la declaración anual del Impuesto a la Renta 2019, así como las declaraciones mensuales de febrero a agosto de 2020.

La medida aplica para casi el 99 % de las personas y empresas, exceptuando a los Principales Contribuyentes (Pricos) que mantienen las fechas de la última prórroga.

Mediante la Resolución de Superintendencia N°099-2020/Sunat, se adoptó esta medida considerando la ampliación del Estado de Emergencia hasta el 30 de junio.

En cuanto a la declaración anual, se prorrogó la fecha de vencimientos de la declaración y pago del IR y del ITF del 2019, para los contribuyentes que no tengan la calidad de Pricos y que en ese periodo facturaron hasta S/ 21 millones.

Sobre la declaración mensual, se amplió hasta el 9 de julio las fechas de vencimiento para la declaración y el pago del período febrero del 2020, en el caso de los contribuyentes cuyos ingresos no superen los 9 millones 660 mil soles, exceptuándose también a los Pricos.

La incorporación de las prórrogas de todos estos meses tiene por objetivo evitar que en un mismo mes se deba dar cumplimiento a obligaciones que correspondan a más de dos períodos.

La Sunat recordó que el cumplimiento de las obligaciones tributarias en esta etapa es fundamental para coadyuvar a la recuperación del Perú tras la emergencia nacional.

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