TC: Retiro del cerco de la Iglesia San Francisco fue legal

El Tribunal Constitucional desestimó la demanda de los franciscanos y concluyó que el cerco de la iglesia de San Francisco fue construido en propiedad pública por la Municipalidad de Lima en 1989.
El Tribunal Constitucional declaró que el retiro del cerco perimétrico de la iglesia de San Francisco, en el Centro de Lima, no vulneró derechos constitucionales. La sentencia responde a la demanda presentada por la Provincia Franciscana de los Once Apóstoles del Perú contra la Municipalidad de Lima y el Ministerio de Cultura, en la que se solicitaba que no se ejecuten obras sin un estudio de impacto patrimonial aprobado por la Unesco y el Estado.
Según el fallo, el cerco en disputa fue instalado por la Municipalidad de Lima en el año 1989, en un contexto marcado por altos índices de violencia y comercio informal. No obstante, el Tribunal destacó que dicho cerco se encontraba en propiedad pública, lo que le quita sustento al argumento de afectación patrimonial alegado por los demandantes.
Tribunal Constitucional: el cerco estaba en propiedad pública
El máximo intérprete de la Constitución peruana consideró que la estructura del cerco no pertenecía a la orden franciscana ni formaba parte del patrimonio declarado intangible, ya que fue ejecutada por la Municipalidad en terreno público. Asimismo, se indicó que los elementos patrimoniales protegidos continúan resguardados bajo la supervisión del Ministerio de Cultura.
La sentencia también hizo énfasis en que el uso del espacio público debe responder a las condiciones actuales de la ciudad, más aún si se busca recuperar zonas de alto valor turístico, histórico y ciudadano. Por tanto, la decisión municipal no vulneró derechos fundamentales de los demandantes.
Se exhorta a las partes a lograr un acuerdo
Aunque el Tribunal falló a favor de la Municipalidad de Lima y el Ministerio de Cultura, exhortó a todas las partes involucradas a establecer un diálogo que permita consensuar el desarrollo de futuras intervenciones en espacios patrimoniales.
En ese sentido, se recomendó la elaboración de estudios técnicos coordinados entre las autoridades locales, el Ministerio de Cultura y representantes de la Provincia Franciscana, a fin de asegurar la protección integral del conjunto monumental sin obstruir su acceso ni su uso público.
La decisión del Tribunal Constitucional cierra un largo proceso judicial iniciado por los franciscanos, al tiempo que abre una nueva etapa de concertación para preservar los valores culturales del Centro Histórico de Lima.
Resumen:
- El Tribunal Constitucional declaró que el retiro del cerco perimétrico de la iglesia de San Francisco no vulneró derechos.
- Señaló que el cerco fue instalado en propiedad pública por la Municipalidad de Lima.
- Indicó que dicha estructura no formaba parte del patrimonio intangible.
- Afirmó que el uso del espacio público debe responder a las necesidades actuales de la ciudad.
- Exhortó a las partes a dialogar para futuras obras en zonas patrimoniales.