Abogado de Vizcarra: Fallo se basa solo en colaboradores

Defensa de Martín Vizcarra critica sentencia por basarse solo en colaboradores eficaces y anuncia apelación. / Video: Canal N

El abogado también señaló que los jueces modificaron la imputación original en uno de los hechos, ya que nunca se acusó a Vizcarra de condicionar la buena pro, sino la suscripción del contrato

El abogado de Martín Vizcarra, Erwin Siccha, cuestionó la sentencia de 14 años de prisión dictada por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, asegurando que se basa únicamente en las versiones de colaboradores eficaces y que presenta graves errores jurídicos.

Anunció que apelarán la decisión judicial una vez reciban la notificación formal. Vizcarra fue condenado por los casos del Hospital de Moquegua y el proyecto Lomas de Ilo, al ser hallado culpable del delito de cohecho pasivo propio.

Cabe mencionar que la sentencia contra el expresidente incluye pena efectiva, inhabilitación por nueve años y una multa económica.

Defensa señala uso exclusivo de versiones sin corroboración

Siccha afirmó que la resolución judicial no presenta pruebas periféricas que respalden las declaraciones de los colaboradores eficaces citados por el Ministerio Público.

Según el letrado, esta deficiencia no solo fue advertida por la defensa, sino que uno de los propios magistrados del colegiado lo dejó por escrito en su voto.

“El fallo solo repite lo dicho por los colaboradores eficaces sin contrastar con otros medios probatorios”, señaló Siccha, quien añadió que esta falta de corroboración pone en cuestión la rigurosidad del proceso.

Denuncian confusión entre ejecución de pena y suspensión

Otro punto criticado por la defensa fue el sustento legal utilizado por los jueces para ordenar la ejecución inmediata de la pena.

Según Siccha, el colegiado citó el artículo 57 del Código Penal, que se refiere a la suspensión de la ejecución de la pena, no a la ejecución provisional, lo que constituye una confusión grave de conceptos procesales.

“Es sorprendente que jueces penales confundan instituciones jurídicas distintas para justificar una medida de ejecución inmediata. Esa confusión tendrá que ser revisada en segunda instancia”, advirtió.

Cambio de imputación y omisión de pruebas

El abogado también señaló que los jueces modificaron la imputación original en uno de los hechos, ya que nunca se acusó a Vizcarra de condicionar la buena pro, sino la suscripción del contrato. Añadió que la sentencia no responde a este punto específico y lo calificó de sorpresivo.

Asimismo, indicó que el tribunal negó elementos que habrían acreditado que Vizcarra no se encontraba en Moquegua los días clave mencionados por los colaboradores, lo que a su juicio demuestra un trato sesgado en la valoración de la prueba.

Siccha confirmó que la defensa presentará apelación en los plazos previstos. “Vamos a apelar en el término de ley. Esta sentencia no ha respetado una rigurosidad jurídica ni probatoria”, expresó.

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