Caso Cócteles: PJ revisará los pedidos de Mark Vito y Fiscalía
Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional programa para el jueves 28 de mayo audiencia de apelación en el marco del caso Cócteles

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró bien concedidos los recursos de apelación interpuestos en el marco del Caso Cócteles. El tribunal superior revisó los expedientes y concluyó que las impugnaciones presentadas por el Ministerio Público, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos y la defensa de Mark Vito Villanella cumplen con los requisitos formales para ser evaluadas.
Esta etapa del proceso responde a la Resolución Número Tres, de fecha 13 de enero de 2026, dictada por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. En dicha resolución, el juzgado de primera instancia ejecutó una sentencia del Tribunal Constitucional que dispuso el sobreseimiento definitivo (archivamiento) del proceso por lavado de activos y organización criminal para una veintena de investigados y para el partido político Fuerza Popular, manteniendo vigente solo la imputación por falsedad de declaraciones.
Los argumentos presentados por las partes ante la Sala Superior
Por un lado, la Fiscalía y la Procuraduría solicitan la nulidad total de la resolución de primera instancia por presuntos defectos de motivación. Las autoridades argumentan que el juez de origen interpretó erróneamente los alcances del fallo del Tribunal Constitucional, el cual disponía dejar sin efecto los actos procesales desde la etapa de investigación preliminar. Sostienen que la causa debía retornar a la fase inicial de indagación y no ser archivada definitivamente en la etapa intermedia.
Por otro lado, la defensa de Mark Vito Villanella y su empresa MVV Bienes Raíces S.A.C. apela el extremo que declaró la subsistencia de la investigación en su contra. Su recurso argumenta que el juzgado realizó una interpretación restrictiva, ya que la tesis fiscal vincula sus supuestos actos de corretaje inmobiliario como elementos dependientes de la hipótesis principal. Por ello, solicita que se le extiendan los efectos de la sentencia constitucional y se archive también su caso.
Programación de la audiencia virtual y lineamientos del colegiado
Los magistrados de la Sala Superior ordenaron que el debate definitivo entre las partes se realice el próximo jueves 28 de mayo de 2026 a las 10:00 de la mañana.
De acuerdo con las disposiciones operativas del Poder Judicial, la audiencia se desarrollará de forma virtual a través del aplicativo Google Meet. El tribunal notificó que la sesión tiene carácter de inaplazable, por lo que se ejecutará bajo apercibimiento de llevarse a cabo únicamente con los sujetos procesales que se conecten al enlace digital a la hora programada.








