Defensoría exhorta a Reniec a proteger datos en padrón electoral

La Defensoría del Pueblo pidió al Reniec implementar medidas que limiten la visualización irrestricta de datos personales en su plataforma digital, invocando la Ley de Protección de Datos Personales
La Defensoría del Pueblo manifestó su preocupación por la reciente habilitación de la plataforma virtual del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que permite consultar públicamente la Lista del Padrón Inicial de ciudadanos hábiles para las Elecciones Generales 2026. Según advirtió la institución, dicha plataforma muestra información sensible como la dirección domiciliaria, la huella dactilar y la fotografía de identificación personal.
La Defensoría recordó que estos datos están protegidos por la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, por lo que deben mantenerse en reserva. Alertó que la difusión pública de esta información sin restricciones vulnera el derecho constitucional a la protección de los datos personales, reconocido en el artículo 2, inciso 6, de la Constitución Política del Perú.
Plataforma de Reniec y modificación legal

De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, el Reniec debe facilitar información para promover la veeduría ciudadana. No obstante, la Defensoría del Pueblo indicó que el artículo 203, modificado por la Ley Nº 32264 en marzo de 2025, permite que el padrón electoral incluya datos domiciliarios y de impresión dactilar.
La Defensoría consideró que esta disposición contraviene la Ley de Protección de Datos Personales. Advirtió además que esta exposición de información ocurre en un contexto de emergencia por los altos índices de inseguridad ciudadana y criminalidad organizada.
Opinión técnica del Ministerio de Justicia
En su pronunciamiento, la Defensoría recordó que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ya había determinado que, si bien el padrón electoral es público, debe restringirse la visualización de la dirección y la huella dactilar de los ciudadanos.
Con base en esta opinión técnica, la Defensoría sostuvo que resulta imperativo limitar el acceso irrestricto a esta información. Reiteró que dicha restricción no compromete la transparencia del proceso electoral, sino que protege derechos fundamentales.
Exhortaciones institucionales
La Defensoría del Pueblo exhortó al Reniec a implementar mecanismos de protección para evitar la exposición masiva de los domicilios de los ciudadanos a través de su plataforma digital. Señaló que el resguardo de estos datos es clave para garantizar la seguridad ciudadana.
Asimismo, hizo un llamado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que, en su calidad de ente rector del sistema electoral, ejerza su rol fiscalizador tanto sobre los ciudadanos votantes como sobre los demás organismos involucrados. La institución pidió evitar la divulgación de información sensible durante el desarrollo del proceso electoral.
En su comunicado, la Defensoría expresó su confianza en que el Reniec y el JNE adoptarán medidas inmediatas y coordinadas para asegurar la adecuada protección de los datos personales. Afirmó que esta protección no constituye un obstáculo, sino una condición esencial para llevar a cabo elecciones libres, seguras y confiables.








