Poder Judicial ordena a Reniec pagar más de S/200 mil a Boluarte

El Poder Judicial resolvió que Reniec pague a Dina Boluarte más de S/239 mil por beneficios sociales, aunque excluyó montos correspondientes a cargos que calificó como de confianza.
El Poder Judicial resolvió que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) deberá pagar más de S/239 mil a la expresidenta Dina Boluarte por beneficios sociales acumulados durante su paso por la entidad. La decisión corresponde a un proceso iniciado por la exmandataria, quien trabajó en Reniec entre 2007 y 2020, antes de asumir la vicepresidencia de la República.
La demanda planteaba que su vínculo laboral fue desnaturalizado, pasando de contratos de locación o CAS a una relación laboral a plazo indeterminado.
Inicialmente, Boluarte solicitaba más de S/428 mil por conceptos como gratificaciones, CTS, vacaciones, escolaridad y beneficios sindicales. Las instancias previas reconocieron parcialmente sus pretensiones, pero la Corte Suprema resolvió excluir ciertos montos tras calificar algunos cargos como de confianza.

Montos reconocidos por el Poder Judicial
El monto final que Reniec deberá pagar asciende a S/239,674.63, de los cuales S/61,265.63 corresponden a Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y S/178,409 a gratificaciones, vacaciones, escolaridad y beneficios colectivos derivados de los laudos arbitrales de 2011 y 2012.
Sin embargo, el fallo de la Corte Suprema excluye del pago los beneficios colectivos correspondientes a los periodos en que Boluarte se desempeñó como Jefa de Oficina Registral, al considerar que ese cargo califica como de confianza. Por tanto, se ordenó realizar una nueva liquidación que excluya dichos periodos.

Determinación sobre cargos de confianza
La Corte Suprema resolvió que Boluarte ocupó un cargo de confianza durante los periodos de octubre de 2010 a noviembre de 2011 y desde enero de 2015 en adelante.
Esta conclusión se basó en la aplicación del principio de primacía de la realidad, según el cual los hechos prevalecen sobre las formalidades contractuales.
El tribunal consideró que las funciones desarrolladas en su rol de jefa —como la elaboración de informes que servían para decisiones de nivel superior— correspondían a un puesto de confianza, independientemente de que no existiera una comunicación formal que así lo estableciera.

Exclusión de beneficios sindicales
Debido a dicha calificación, la Corte aplicó el artículo 42 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, que excluye a los trabajadores de confianza del alcance de los convenios colectivos.
Así, la nueva liquidación deberá excluir los beneficios derivados de dichos convenios en los periodos mencionados, aunque se mantienen los beneficios por los años en que laboró como abogada sin calificación de confianza.
El recurso de casación presentado por Reniec cuestionó únicamente el pago de los beneficios sindicales, por lo que los otros montos reconocidos en instancias previas se mantuvieron firmes.
Fallos previos y cronología del caso
En primera instancia, el Poder Judicial había fijado un pago superior a S/286 mil, mientras que en segunda instancia este monto se redujo a S/239 mil. La Corte Suprema ratificó esta última cifra, pero condicionó su pago a la exclusión de beneficios convencionales en los periodos donde se reconoció el cargo de confianza.
La relación laboral de Dina Boluarte con Reniec se inició en marzo de 2007 y abarcó diversas funciones. Según la documentación del caso, su trayectoria incluyó puestos como abogada en varias dependencias y como jefa de oficina registral en dos etapas: entre octubre de 2010 y noviembre de 2011, y desde enero de 2015 en adelante.
Opinión del voto en minoría
Dos magistrados emitieron un voto disidente, considerando que el cargo desempeñado por Boluarte no reunía las características de un puesto de confianza según los Manuales de Organización y Funciones de Reniec.
Argumentaron que el cargo se encontraba clasificado como “Profesional 3” o “Técnico” y que las funciones descritas eran operativas, sin relación con decisiones estratégicas o confidenciales.
Este sector de la sala también cuestionó que no existieran cambios contractuales sustanciales durante su paso por distintos cargos, lo que, según su criterio, respaldaba la exigencia del pago completo de los beneficios sindicales reclamados por la demandante.
Interpretación de la Corte sobre funciones
La mayoría de la sala, en cambio, sostuvo que Boluarte sí tuvo acceso a información relevante y que sus funciones incluían la elaboración de cuadros estadísticos que influían en decisiones de nivel regional, cumpliendo así con los criterios legales para definir un cargo de confianza.
Bajo esa perspectiva, los jueces decidieron que la exclusión de beneficios sindicales se ajusta al marco legal vigente y que la nueva liquidación debía reflejar esa delimitación de funciones.
Beneficios mantenidos tras la sentencia
La sentencia de la Corte Suprema no afectó la desnaturalización de los contratos ni otros derechos laborales reconocidos por las instancias anteriores.
Por tanto, se mantuvieron los montos correspondientes a CTS, gratificaciones, vacaciones no gozadas y escolaridad, más los intereses legales que deberán calcularse en ejecución de sentencia.
De acuerdo con el fallo, Reniec deberá cumplir con estos pagos, excluyendo solo aquellos relacionados con convenios colectivos en los periodos donde se declaró que la exmandataria ejerció un cargo de confianza.
El Poder Judicial resolvió que Reniec deberá pagar más de S/239 mil a la expresidenta Dina Boluarte por beneficios sociales acumulados desde 2007. El fallo excluyó los beneficios sindicales correspondientes a los periodos en los que ocupó cargos calificados como de confianza. La Corte Suprema aplicó el principio de primacía de la realidad para concluir que su rol como jefa de oficina registral reunía características propias de un puesto de confianza. Dos jueces emitieron un voto en contra. Los beneficios por CTS, vacaciones y escolaridad se mantienen, mientras se ordena una nueva liquidación excluyendo montos sindicales.





