Resguardo policial: polémica por ley que protege a familia del presidente

Decreto publicado en febrero extendió beneficio también a núcleo familiar de los exmandatarios

Ollanta Humala, presidente de la República. Foto: Andina

El pasado 28 de febrero fue publicado en el diario oficial El Peruano un decreto supremo que extiende, de forma permanente y de por vida, el resguardo policial a la cónyuge, hijos e, incluso, padres de los expresidentes.

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El Decreto Supremo 004-2016-IN establece “la seguridad y protección personal permanente a un funcionario o una personalidad, que incluye la protección del inmueble donde fija su domicilio y en el que labora".
 
A se vez, indica que “el servicio se otorga de oficio y cubre la seguridad del cónyuge, padres e hijos de la persona resguardada”, en este caso aplica para el presidente de la República en funciones, el mandatario electo y para los ex jefes de Estado.

El artículo 10 de la norma precisa que este servicio concluye con el fallecimiento del resguardado o la privación de la libertad. Como suele ser, los gastos de personal y logística serán cubiertos por la Policía Nacional del Perú.

Según explicó el ex ministro del Interior Wilfredo Pedraza al diario El Comercio, la novedad de esta norma es que el beneficio se extiende a hijos y padres, ya que actualmente los exgobernantes y sus cónyuges ya gozan de seguridad policial permanente.

Pedraza precisó, sin embargo, que se suprimirá la seguridad para los padres de los ex gobernantes de nuestro país. Para ello, el Ejecutivo prepara una resolución ministerial con precisiones para la referida norma.

Por otro lado, Pedraza indicó que la Ley de la Policía Nacional del Perú es un decreto legislativo y no una ley orgánica. A su vez, negó que su modificación sea inconstitucional.

Decreto supremo 004-2016-IN
 

 

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