Indecopi impone millonaria multa a Alianza Lima por apagar luces

La sala especializada en protección al consumidor de Indecopi multó al club Alianza Lima por poner en riesgo a 26 mil asistentes tras el apagón en Matute durante la final de la Liga 1.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó en última instancia administrativa al Club Alianza Lima con una multa de 450 UIT —equivalente a S/2 407 500— por apagar sin justificación la iluminación del estadio Alejandro Villanueva, Matute, durante la final de la Liga 1 Betsson 2023, exponiendo a más de 26 000 personas a un riesgo injustificado.
De acuerdo con la resolución, el club incumplió lo estipulado en el reglamento de la Liga 1, que exige mantener la iluminación artificial hasta la evacuación completa del recinto, así como las normas de seguridad del Reglamento Único de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol (FPF).
Indecopi: “Hubo riesgo real e innecesario para los asistentes”
La sala especializada en protección al consumidor del Indecopi concluyó que el apagón del 8 de noviembre de 2023, además de carecer de justificación, fue ejecutado de forma unilateral por el club sin coordinación con la Policía Nacional, la Fiscalía ni representantes de la FPF. Estas autoridades incluso solicitaron restablecer la iluminación, requerimiento que el club rechazó.
La acción generó una oscuridad total en el campo y las tribunas, lo que favoreció conductas de riesgo como el encendido y lanzamiento de bengalas e intentos de invasión al campo de juego. Estos hechos fueron considerados como agravantes por la entidad fiscalizadora, que subrayó el peligro al que se expuso a miles de asistentes.
Medidas correctivas y nueva evaluación pendiente
Además de la sanción económica, Indecopi ordenó que Alianza Lima implemente medidas correctivas, incluyendo la capacitación de sus directivos y personal en protocolos de seguridad para espectáculos deportivos, bajo supervisión de una entidad especializada. También se le exigió adoptar mecanismos internos de control para garantizar el cumplimiento de normas en futuros eventos.
Por otro lado, la sala declaró la nulidad parcial de la resolución de primera instancia en lo referente al encendido y lanzamiento de bengalas, al advertir que se evaluó una conducta distinta a la denunciada. Por ello, la Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 deberá emitir un nuevo pronunciamiento, lo cual podría derivar en una segunda sanción.
Un precedente sobre responsabilidad organizativa en el deporte
Esta decisión sienta un precedente en torno a la responsabilidad que asumen los clubes organizadores de eventos deportivos, no solo frente al cumplimiento reglamentario, sino también ante la seguridad de los espectadores. La falta de coordinación con autoridades competentes y la negativa a restablecer condiciones mínimas de seguridad fueron elementos determinantes para la sanción.
Indecopi recalcó que cualquier conducta que exponga a los asistentes a condiciones peligrosas, más aún en eventos de gran magnitud, será evaluada con rigor en defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.