Indecopi sancionó a tres envasadoras de GLP por concertación de precios

Las empresas sancionadas tenían aproximadamente el 73% del mercado de GLP envasado cuando ocurrió la infracción

Estos sobreprecios ocasionaron incrementos en los precios de venta al público

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado con más de 74 millones de soles, en primera instancia administrativa, a Solgas S.A. (antes Repsol Gas del Perú S.A.), Lima Gas S.A., Zeta Gas Andino S.A. y a siete ejecutivos de dichas empresas.

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Esto debido a su participación en un acuerdo secreto de precios (cártel) para fijar concertadamente el precio del balón de gas entre el 2008 y el 2011, violando el artículo 11 del Decreto Legislativo 1034 – Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (Ley de Libre Competencia). Las empresas sancionadas tenían aproximadamente el 73% del mercado de GLP envasado cuando ocurrió la infracción.

La práctica sancionada ha sido desarrollada en la cadena de venta de GLP envasado a distribuidores y corresponde a las presentaciones de balones de GLP de 10, 15 y 45 kg.

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La infracción señalada pudo ser detectada a partir del monitoreo de mercado realizado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, que dio lugar al inicio de una investigación preliminar en el año 2013, mediante la realización de diversas visitas de inspección sin previo aviso en junio 2013 y, además, en febrero y junio de 2015.

Las visitas permitieron obtener copia más de 3,8 millones de correos y registros electrónicos de las empresas. Luego del análisis correspondiente, la Secretaría Técnica detectó que algunos de estos correos daban cuenta de la existencia de acuerdos secretos de precios. Por este motivo, se inició un procedimiento sancionador en julio de 2015 contra las empresas y personas naturales sancionadas. 

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El cártel sancionado se realizó secretamente entre el 2008 y el 2011, a través de coordinaciones realizadas entre directores, gerentes generales, gerentes comerciales, y otros funcionarios de las empresas para determinar el precio que cobrarían por el balón de gas.

El cártel conformado por Solgas S.A., Lima Gas S.A. y Zeta Gas Andino S.A. impuso a sus distribuidores (o mayoristas) incrementos (sobreprecios) que alcanzaron entre S/. 0,23 y S/. 1,00 para el balón de 10 kg, que fue el principal producto afectado. Los sobreprecios impuestos concertadamente a sus clientes representan una directa afectación a las condiciones de competencia en el mercado de GLP envasado.

Estos sobreprecios ocasionaron incrementos en los precios de venta al público. Así, por ejemplo, como resultado de los incrementos concertados de precios de julio y agosto de 2010, el balón de gas de 10 kg para los consumidores finales en Lima pasó de S/ 31,50 a S/ 32,00.

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