López: Congreso acatará fallo del TC sobre extinción de dominio

El tercer vicepresidente del Congreso afirmó que la sentencia del TC es parcial y reconoce la validez general de la norma, pero identifica vacíos que deben corregirse para evitar la indefensión de las personas investigadas
El tercer vicepresidente del Congreso de la República, Ilich López, se pronunció sobre la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucionales algunos puntos de la ley de extinción de dominio.
En declaraciones a la prensa, el legislador dijo que el Parlamento respetará el fallo y trabajará en una reglamentación adecuada que garantice el respeto al debido proceso.
López afirmó que la sentencia del TC es parcial y reconoce la validez general de la norma, pero identifica vacíos que deben corregirse para evitar la indefensión de las personas investigadas.
En ese sentido, el Congreso deberá precisar, entre otros aspectos, el procedimiento para la devolución de bienes y las reparaciones en caso de que un ciudadano resulte absuelto.
Fallo del TC: ajustes sin invalidar toda la ley
El legislador destacó que el Tribunal Constitucional no ha eliminado la ley, sino que ha identificado disposiciones que vulneraban garantías procesales. Entre los principales cuestionamientos, se encontraba la falta de mecanismos claros para restituir bienes incautados en caso de que el proceso de extinción de dominio concluyera a favor del imputado.
“La sentencia es positiva en ciertos términos”, señaló López, quien agregó que el fallo reconoce la necesidad de proteger los derechos de los procesados. A su juicio, se trata de un equilibrio necesario entre la lucha contra el crimen organizado y el respeto al marco legal.
Congreso deberá reglamentar puntos clave
Entre los cambios que deberá incorporar el Congreso están las normas complementarias para garantizar que si una persona resulta inocente, se le devuelvan sus bienes de manera efectiva.
También se deberán prever mecanismos de compensación, en caso de que se hayan causado perjuicios patrimoniales durante un proceso judicial. López sostuvo que estas modificaciones deberán realizarse “de acuerdo a ley”, recordando que el Perú es un Estado de derecho y que las decisiones del TC son de cumplimiento obligatorio para todos los poderes del Estado.
El Poder Judicial también deberá adecuarse
El congresista indicó que el Poder Judicial, al igual que el Congreso y el Ejecutivo, deberá implementar lo que dispone el fallo del TC. La aplicación de la ley de extinción de dominio tendrá que alinearse con los parámetros constitucionales definidos, especialmente en lo que respecta a la garantía de un proceso justo.
TC declara inconstitucional en parte Ley de Extinción de Dominio
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos del Decreto Legislativo 1373, norma que regula la extinción de dominio en el Perú. Esta decisión se da tras la demanda presentada por la Defensoría del Pueblo el pasado 2 de agosto de 2024.
En su sentencia, el TC decidió declarar inconstitucional la redacción original del numeral 2.1 y el artículo 2.5 del artículo II del Título Preliminar de dicho decreto.
El fundamento central es que estas disposiciones transgreden principios constitucionales como el derecho a la propiedad, la presunción de inocencia, el debido proceso, la seguridad jurídica y la irretroactividad de las normas.
Norma solo aplicará a hechos ocurridos tras su entrada en vigor
Con el fin de minimizar el impacto legal de la expulsión de estos artículos del ordenamiento jurídico, el TC determinó que el Decreto Legislativo 1373 solo será aplicable a hechos ocurridos después de su entrada en vigor. Es decir, no tendrá efectos retroactivos, una condición que protege derechos fundamentales de los ciudadanos.