TC declara inconstitucional en parte Ley de Extinción de Dominio

TC exhortó al Congreso a implementar un mecanismo para que personas absueltas recuperen sus bienes o sean indemnizadas

TC declara inconstitucional en parte Ley de Extinción de Dominio. Foto: Andina. Video: Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos del Decreto Legislativo 1373, norma que regula la extinción de dominio en el Perú. Esta decisión se da tras la demanda presentada por la Defensoría del Pueblo el pasado 2 de agosto de 2024.

En su sentencia, el TC decidió declarar inconstitucional la redacción original del numeral 2.1 y el artículo 2.5 del artículo II del Título Preliminar de dicho decreto. El fundamento central es que estas disposiciones transgreden principios constitucionales como el derecho a la propiedad, la presunción de inocencia, el debido proceso, la seguridad jurídica y la irretroactividad de las normas.

Norma solo aplicará a hechos ocurridos tras su entrada en vigor

Con el fin de minimizar el impacto legal de la expulsión de estos artículos del ordenamiento jurídico, el TC determinó que el Decreto Legislativo 1373 solo será aplicable a hechos ocurridos después de su entrada en vigor. Es decir, no tendrá efectos retroactivos, una condición que protege derechos fundamentales de los ciudadanos.

Esta medida establece una línea clara sobre cómo deben aplicarse las normas que implican la pérdida de propiedad sin condena penal previa, como ocurre con los procesos de extinción de dominio.

Exhortación al Congreso para reparar daños a absueltos

Además, el Tribunal exhortó al Poder Legislativo a implementar un mecanismo que permita a las personas absueltas en un proceso penal recuperar sus bienes extinguidos, o en su defecto, ser indemnizadas por su valor de mercado más los intereses correspondientes.

Esta disposición busca reparar posibles afectaciones a ciudadanos que fueron despojados de sus bienes pese a no haber sido condenados.

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