Monteagudo: TC excedió su competencia en el caso Cócteles
El magistrado Manuel Monteagudo discrepó del fallo del TC que anuló el caso Cócteles y sostuvo que el proceso debía seguir en la justicia ordinaria

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Manuel Monteagudo, defendió su voto en minoría respecto al fallo que anuló todos los actos de la investigación contra Keiko Fujimori en el caso Cócteles. En entrevista con el programa N Portada de Canal N, argumentó que el TC no debió intervenir en un proceso penal aún no concluido y que la justicia constitucional actúa solo de forma supletoria, una vez agotadas las vías ordinarias.
Monteagudo: justicia constitucional no reemplaza a la penal
Monteagudo explicó que el hábeas corpus presentado por la defensa de Fujimori era improcedente porque no existía una afectación actual a su libertad individual. Recordó que las medidas restrictivas ya habían caducado y que las resoluciones cuestionadas correspondían a etapas intermedias, por lo que debían ser resueltas en la vía penal ordinaria.
“La justicia constitucional entra cuando se han agotado los recursos dentro del proceso ordinario. No puede intervenir antes de que este concluya”, sostuvo.
Coincidencia con Pacheco en improcedencia de la demanda
El magistrado también indicó que su voto coincide con el de la magistrada Luz Pacheco, quien también se opuso al fallo. Ambos consideraron que el Tribunal Constitucional excedió sus funciones, ya que anuló un proceso judicial que aún no llegaba a juicio oral y sin una afectación vigente a derechos fundamentales.
“No es usual que alguien acuda al TC para evitar que siquiera se le inicie un juicio. La historia del tribunal no registra fallos que impidan la apertura del proceso penal”, señaló.
Críticas al fondo del fallo y al tratamiento del plazo razonable
Monteagudo cuestionó que la mayoría del TC haya realizado un análisis de tipicidad penal y del plazo razonable sin contar con pruebas suficientes presentadas en la demanda. Afirmó que ese análisis corresponde a jueces ordinarios, no al TC, y que las demoras señaladas debían sustentarse con documentación concreta.
“El análisis del plazo razonable fue incompleto. No se identificó adecuadamente la responsabilidad de los fiscales ni del Poder Judicial”, indicó.