Pdta. del TC exhorta a jueces a aplicar ley sobre lesa humanidad

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La norma fue declarada constitucional al no alcanzarse cinco votos para invalidarla. Pacheco afirmó que imprescriptibilidad solo rige desde julio de 2002, con el ingreso del Perú al Estatuto de Roma.

La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, exhortó a los jueces a aplicar la ley sobre prescripción de delitos de lesa humanidad, cuya constitucionalidad fue confirmada por el propio organismo autónomo. En entrevista con el diario Correo, la magistrada recordó que el fallo implica que la norma está vigente y es válida para ser ejecutada en todos los niveles del sistema judicial.

La norma en cuestión es la Ley 32107, que establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo pueden aplicarse a hechos ocurridos desde la entrada en vigor del Estatuto de Roma en Perú, es decir, a partir de julio de 2002. Esta legislación fue impulsada por el Congreso y enfrentó demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público.

Fuente: Canal N

TC declaró constitucionalidad al no alcanzar cinco votos

Luz Pacheco explicó que el fallo se produjo porque no se alcanzaron los cinco votos necesarios para declarar inconstitucional la norma. Detalló que la ponencia que proponía una interpretación alternativa obtuvo cuatro votos, por lo que no se validó esa propuesta.

En aplicación del Código Procesal Constitucional, el resultado se interpreta como una declaración de constitucionalidad. “Si se declarara infundada la demanda, la consecuencia es que la ley es válida tal como fue redactada y promulgada”, afirmó Pacheco.

Imprescriptibilidad rige desde 2002 por compromisos internacionales

La presidenta del TC indicó que la ley sobre prescripción de delitos de lesa humanidad no contradice la imprescriptibilidad de esos delitos, pero que esta solo rige desde que el Perú asumió compromisos internacionales en el marco del Estatuto de Roma.

Sostuvo que los delitos cometidos antes de esa fecha deben regirse por los plazos de prescripción establecidos en el Código Penal vigente, que varían entre 20 y 45 años dependiendo del tipo de delito.

Fuente: TC

Exhortación al cumplimiento del fallo del Tribunal Constitucional

En relación con posibles resistencias por parte de jueces a aplicar la norma, Luz Pacheco recordó que el Código Procesal Constitucional prohíbe expresamente dejar de aplicar una ley cuya constitucionalidad haya sido ratificada por el TC.

Calificó como “alarmante” que algunos magistrados recurran al control difuso para ignorar fallos del Tribunal. Afirmó que este tipo de prácticas quebranta el principio de seguridad jurídica y el respeto al estado de derecho.

Postura del TC no implica impunidad, afirma Pacheco

Luz Pacheco negó que el fallo del TC favorezca la impunidad. Señaló que tanto la ley como la interpretación de la ponencia reconocen la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, pero solo desde el momento en que el Perú adquirió la obligación internacional de hacerlo.

Agregó que la interpretación errónea sobre la intención del Tribunal ha llevado a confusión sobre los alcances reales de la norma y su aplicación.

Captura: Canal N

Falta de tipificación completa en el ordenamiento penal

La magistrada indicó que el delito de lesa humanidad aún no está plenamente tipificado en el Código Penal peruano. Afirmó que faltan incorporar los elementos de contexto requeridos, como el carácter sistemático y generalizado de los actos.

Explicó que, según los estándares internacionales, estos crímenes deben ser cometidos por estructuras estatales en operaciones sistemáticas, lo cual no ha sido configurado formalmente en el Perú.

Diferencias entre el contexto peruano y otros casos internacionales

Pacheco sostuvo que la situación en el Perú no puede equipararse a regímenes como el nazismo. Señaló que, durante los años de violencia interna, el Estado respondió a ataques del terrorismo, y no con un plan estructurado de exterminio.

Aclaró que para configurar un delito de lesa humanidad se requiere una participación estatal generalizada, como ocurrió en Alemania durante la Segunda Guerra Mundial, lo cual no se ha verificado en el país.

Llamado a respetar el marco constitucional vigente

Finalmente, la presidenta del Tribunal Constitucional invocó a jueces y operadores del sistema de justicia a cumplir con el método jurídico vigente. Enfatizó que, si se considera que una ley es inadecuada, existen mecanismos institucionales para solicitar su revisión.

Luz Pacheco advirtió que el respeto a los fallos del TC es esencial para preservar la coherencia del sistema jurídico y evitar interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades judiciales.

La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, exhortó a los jueces a aplicar la ley sobre prescripción de delitos de lesa humanidad, ratificada como constitucional por el TC. Señaló que la imprescriptibilidad de estos delitos rige desde julio de 2002, cuando el Perú asumió compromisos internacionales. Pacheco advirtió que los jueces no pueden dejar de aplicar una ley validada por el TC, y rechazó que el fallo implique impunidad. Además, precisó que los delitos anteriores al 2002 se rigen por el Código Penal y que aún falta tipificar plenamente el delito de lesa humanidad en el país.

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