Reingreso al REINFO exige sustento legal, señala exministro

MINEM aclaró que los excluidos del REINFO sí pueden apelar la decisión

El Ministerio de Energía y Minas del Perú señaló que la presentación de reconsideraciones por excluidos del REINFO no implica reingreso automático al registro

El Ministerio de Energía y Minas del Perú anunció que los más de 50,000 excluidos del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) podrán presentar recursos de reconsideración hasta el 21 de julio. No obstante, el exministro de Energía y Minas del PerúMiguel Incháustegui aclaró que esta medida no representa una reincorporación automática al registro, ya que los solicitantes deberán sustentar su pedido con documentación válida.

Durante una entrevista, Incháustegui explicó que la posibilidad de apelar ya estaba contemplada por ley y no constituye una cesión ante presiones de mineros informales o ilegales. Añadió que, de presentarse reconsideraciones, solo un grupo muy reducido lograría revertir la exclusión, debido a que la mayoría no presentó actividad minera ni documentación en más de cuatro años.

¿Qué condiciones deben cumplir los excluidos del REINFO?

Para que una reconsideración tenga efecto, los excluidos deben demostrar que su retiro del REINFO fue erróneo. Según Incháustegui, eso implica presentar documentos que acrediten actividad reciente, permisos ambientales, planes de minado o acuerdos con los titulares de las concesiones.

El exministro precisó que los criterios de permanencia en el registro no han cambiado y que la exclusión de los 50,000 fue resultado de un proceso técnico de depuración. Recalcó que si en más de cuatro años no se cumplió con los requisitos básicos, no hay razón para seguir en el padrón. Por ello, consideró inviable que los excluidos retornen de forma generalizada.

Asimismo, alertó que muchos de los excluidos tampoco habían gestionado acuerdos con los concesionarios, lo que constituye otra barrera legal para la formalización. Dijo que este aspecto es más complejo y que no podrá resolverse únicamente mediante la reconsideración.

Reacciones sociales y posibles acciones judiciales

Aunque la medida no implica reincorporación automática, Incháustegui advirtió que podría haber una "avalancha" de recursos de reconsideración, así como eventuales acciones judiciales por parte de los excluidos. Sin embargo, aclaró que mientras duren los procesos legales, estas personas no podrán seguir trabajando como lo hacían bajo la categoría de suspendidos.

Indicó también que muchas asociaciones alegan que esta medida dejaría a miles sin trabajo, algo que desmintió. Señaló que los registros retirados no tenían actividad, por lo que no puede hablarse de pérdida laboral. Añadió que algunas de estas posturas responden a intereses políticos, más que técnicos.

Incháustegui consideró que el diálogo con los gremios es importante, pero debe estar basado en información técnica, legal y transparente. Insistió en que si alguien no tiene documentación que acredite actividad minera, no tiene fundamento para exigir su retorno al REINFO.

Expectativas frente a la reunión con gremios mineros

El exministro adelantó que la reunión programada entre el Gobierno y las asociaciones de mineros será determinante para aclarar posiciones. Dijo que algunas organizaciones exigen el retorno de los 50,000 excluidos, algo que, desde el marco legal, no es posible.

Llamó a mantener un diálogo abierto y empático, pero realista. Consideró que las mesas de trabajo deben ser planificadas con visión de futuro y no centrarse en demandas sin sustento. “Si uno explica que no ha habido actividad por años, el sentido común indica que no puede volver al registro”, expresó.

Enfatizó que el objetivo debe ser una minería artesanal sostenible y formal, con trazabilidad y cumplimiento de normas. Señaló que el proceso debe centrarse en quienes sí están cumpliendo con los trámites y avanzando en el proceso de legalización.

 

MINEM reafirma que reconsideraciones no garantizan retorno al REINFO

El Ministerio de Energía y Minas publicó un comunicado oficial en el que precisó que los recursos de reconsideración presentados por los mineros excluidos del REINFO no implican un reingreso automático. La cartera indicó que cada caso será evaluado de forma individual y rigurosa, y que solo serán aceptados aquellos que presenten pruebas válidas y consistentes. De no cumplirse estos requisitos, las solicitudes serán declaradas infundadas, en línea con lo advertido por el exministro Incháustegui.

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