TC ordenó reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza como fiscal supremo

El Tribunal Constitucional declaró nula la destitución del magistrado al determinar que la Junta Nacional de Justicia emitió la sanción disciplinaria fuera de los plazos legales establecidos.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza en el cargo de fiscal supremo titular del Ministerio Público. Mediante la Sentencia 129/2026, correspondiente al Expediente 02995-2025-PA/TC, el Pleno Jurisdiccional declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el exmagistrado tras acreditarse la vulneración del debido proceso administrativo.
El máximo intérprete de la Constitución declaró la nulidad total de la Resolución 108-2021-PLENO-JNJ, emitida el 24 de noviembre del 2021, que dispuso la sanción originaria de destitución. La decisión constitucional fundamenta su fallo en la figura jurídica de la caducidad y el derecho fundamental a obtener una respuesta motivada en sede administrativa.

Análisis del cómputo de plazos y prelación de notificaciones
El núcleo de la controversia jurídica radicó en el cómputo del plazo de 12 meses fijado para resolver el Procedimiento Disciplinario 118-2020-JNJ. La Junta Nacional de Justicia (JNJ) inició la notificación de este proceso el 23 de noviembre de 2020 de manera personal, mientras que el registro en la casilla electrónica se completó el 25 de noviembre del mismo año.
El Tribunal Constitucional determinó que la notificación personal física prevalece como modalidad preferente según el Texto Único Ordenado de la Ley 27444. En aplicación del principio de favorabilidad al administrado, el plazo límite venció el 23 de noviembre del 2021, perdiendo el organismo judicial su competencia legal para sancionar al día siguiente.
Fundamentos de los magistrados sobre la caducidad institucional
El estamento constitucional precisó que la emisión de la resolución sancionadora ocurrió el 24 de noviembre del 2021, cuando el periodo regular de tramitación ya había expirado. Los magistrados del órgano colegiado calificaron esta demora como una deficiencia de gestión procesal que invalida la destitución por ejecutarse de forma extemporánea.
El magistrado Ochoa Cardich empleó la figura de la guillotina del derecho para graficar que la inactividad de la administración pública acarrea la terminación anormal de las causas. Asimismo, el integrante Monteagudo Valdez aclaró que la estimación de la demanda no constituye un pronunciamiento sobre la inocencia del imputado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
Alcances de la reincorporación y condena económica a la JNJ
La sentencia emitida dispone dejar sin efecto jurídico la Resolución 089-2022-PLENO-JNJ, la cual declaró infundado el recurso de reconsideración el 8 de agosto del 2022. La resolución del TC exhortó formalmente a la Junta Nacional de Justicia a observar rigurosamente los términos temporales previstos para las investigaciones disciplinarias.
El mandato de inmediata reincorporación restituye todos los derechos laborales del letrado como fiscal supremo titular dentro de la estructura orgánica de la Fiscalía de la Nación. Adicionalmente, el fallo judicial condenó al organismo demandado al pago de los costos procesales generados durante la tramitación de las instancias correspondientes.
El Tribunal Constitucional de Perú, mediante la Sentencia 129/2026, declaró fundada la demanda de amparo de Víctor Raúl Rodríguez Monteza y ordenó su reincorporación como fiscal supremo titular. El TC declaró nulas las resoluciones de la Junta Nacional de Justicia de 2021 y 2022 que disponían su destitución por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto. El fallo determinó que el proceso disciplinario caducó al emitirse la sanción fuera del plazo legal de 12 meses, contabilizado desde la primera notificación personal del 23 de noviembre de 2020. La JNJ fue condenada al pago de costos procesales.









