Alejandro Soto propone restricciones para candidatos al Congreso
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El congresista de la bancada Honor y Democracia, Jorge Montoya, considera que la propuesta tiene motivaciones políticas y podría estar dirigida contra adversarios específicos
El congresista Alejandro Soto, de Alianza para el Progreso, ha presentado un proyecto de ley que busca modificar el artículo 91 de la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones.
Su propuesta impediría que cualquier ciudadano que haya tenido acceso a información confidencial en los últimos cinco años pueda postular al Congreso.
Sin embargo, el proyecto no especifica qué tipo de funcionarios o ciudadanos estarían sujetos a esta restricción ni qué mecanismos se emplearían para filtrar a los postulantes.
Al respecto, el congresista de la bancada Honor y Democracia, Jorge Montoya, considera que la propuesta tiene motivaciones políticas y podría estar dirigida contra adversarios específicos.
Argumenta que quienes manejan información de seguridad ya han pasado filtros previos y no representan una amenaza.
Por su parte, Alejandro Cavero, congresista de Avanza País, sostiene que es la ciudadanía quien debe decidir sobre la idoneidad de los candidatos y que la norma excluiría a militares y expertos en inteligencia que podrían aportar al Estado desde el Congreso.
Dado que se trata de una reforma constitucional, la propuesta deberá ser aprobada por la Comisión de Constitución y, posteriormente, contar con 87 votos en dos legislaturas distintas para convertirse en ley.
Detalles de la propuesta
“Artículo 91. No pueden ser elegidos miembros del Congreso de la República si no han renunciado al cargo seis (6) meses antes de la elección”:
- El presidente de la República, los ministros, viceministros de Estado, ni el contralor general.
- Los miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Elecciones, el defensor del pueblo, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ni el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
- El Presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y el Superintendente Nacional de Administración Tributaria.
- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en actividad, y los demás casos que la Constitución prevé.
El documento precisa que no pueden ser elegidos miembros del Congreso de la República los funcionarios que, por razón de su cargo, tuvieron acceso a información secreta, reservada o confidencial hasta cinco (5) años antes de la elección, por razones de seguridad nacional.