Congreso envía ley de detención preliminar al Ejecutivo

Norma que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia fue aprobada por insistencia

Mesa Directiva del Congreso. Foto: Congreso. Video: Canal N

El Congreso de la República envió al Poder Ejecutivo la ley que restituye la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia, a fin de que disponga su publicación en el diario oficial El Peruano. Esta norma fue aprobada por insistencia en el Pleno, luego de que el Ejecutivo la observara en enero pasado.

Congreso aprueba por insistencia la detención preliminar

Según el artículo 261 del Código Procesal Penal, la detención preliminar judicial procede cuando no existe flagrancia, pero hay indicios razonables de que una persona habría cometido un delito sancionado con más de cuatro años de prisión, así como riesgo de fuga o de obstaculización de la justicia. También aplica si el detenido se fuga de un centro de detención o evade la captura tras ser sorprendido en flagrancia.

La norma recibió el respaldo de 86 congresistas, mientras que seis votaron en contra. El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, informó inicialmente que hubo 79 votos favorables, aunque luego se sumaron siete parlamentarios más al conteo.

Ejecutivo deberá disponer publicación de la ley

La aprobación de la ley se concretó luego de que Salhuana autorizara el acta virtual para su debate y votación en la sesión del Pleno. Cabe recordar que el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, informó que la observación previa del Ejecutivo buscaba perfeccionar la normativa antes de su promulgación.

Con el envío al Ejecutivo, solo resta que la ley sea publicada oficialmente para su entrada en vigencia y aplicación en casos que no contemplen flagrancia.

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