Hurtado: Sanción del PJ al JNE afecta autonomía electoral

Virgilio Hurtado, exdirector de la Escuela Electoral del JNE, advierte que la sanción afecta la autonomía del sistema electoral y genera riesgos para la legitimidad de los comicios de 2026
El Poder Judicial sancionó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por no inscribir al partido Unidad Popular de Duberlí Rodríguez, imponiendo multas contra los miembros del Pleno y el director de Registro de Organizaciones Políticas.
La decisión ha generado preocupación por sus implicancias en el cronograma electoral de 2026 y la autonomía del sistema electoral.
En diálogo con Canal N, Virgilio Hurtado, exdirector de la Escuela Electoral del JNE, sostuvo que la medida constituye una intromisión en competencias exclusivas del organismo.
Recordó que el JNE administra justicia electoral, organiza los plazos preclusivos y garantiza la renovación de autoridades a través de elecciones confiables.
Precedente del Tribunal Constitucional
Hurtado explicó que el fallo judicial no se ajusta al precedente del Tribunal Constitucional (TC) en el caso “Andrés Guisada vs. JNE” del 2005.
En esa sentencia, el TC reconoció que las resoluciones del JNE podían ser revisadas, pero estableció límites para evitar que los procesos de amparo alteren el calendario electoral.
El especialista subrayó que Duberlí Rodríguez presentó su amparo después del 12 de abril, fecha límite para inscribir partidos que participarían en las elecciones generales de 2026. Por ello, el derecho reclamado ya había devenido en irreparable.
Riesgos para las elecciones de 2026
Hurtado advirtió que permitir amparos posteriores a plazos vencidos abre un precedente riesgoso. “El proceso electoral es muy sensible y no puede prolongarse con litigios que afecten la legitimidad de los resultados”, señaló.
Recordó además que este tipo de conflictos no son nuevos. En el caso Fonavi, el JNE enfrentó un desacuerdo con el TC que derivó en multas sucesivas contra sus miembros.
El especialista precisó que la multa actual supera los 2,000 soles por cada miembro del Pleno del JNE y del director de Registro. Aunque las sanciones económicas pueden ser pagadas, el organismo mantiene su decisión de apelar la resolución judicial ante una sala superior.
“El conflicto debe resolverse con celeridad y criterio de conciencia, aplicando el principio de previsión de consecuencias”, enfatizó.
Debate sobre neutralidad y funciones políticas
Hurtado también se pronunció sobre la denuncia de Patricia Juárez (Fuerza Popular), quien cuestionó que el JEE impida a un congresista ser a la vez dirigente partidario. Consideró que la norma actual genera un contrasentido, pues los parlamentarios cumplen roles eminentemente políticos.
En cuanto a la neutralidad, sostuvo que la regulación debería ser más clara frente a casos como el del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, acusado de usar actos oficiales para proyectar su agrupación. Recordó que la ley solo sanciona a quienes ya son candidatos, aunque planteó la necesidad de ajustes normativos.