Nakazaki: TC anuló caso Cócteles porque no había delito tipificado

Nakazaki advirtió que esta decisión del TC podría aplicarse a otros casos penales en curso, como el de Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, si las imputaciones se basan únicamente en aportes de campaña anteriores a noviembre de 2016
El abogado penalista César Nakazaki respaldó la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) que anuló el proceso conocido como caso Cócteles, en el que se investigaba a Keiko Fujimori y otros miembros de Fuerza Popular.
En diálogo con canal N, indicó que la sentencia del TC se fundamenta en que los aportes de campaña de 2011 y 2016 no constituían delito al momento en que fueron realizados.
Nakazaki precisó que la figura penal de “recepción de dinero de origen ilícito” recién fue incorporada al Código Penal en noviembre de 2016. Por tanto, juzgar a una persona por un hecho no tipificado como delito al momento de su comisión vulnera el principio de legalidad penal.
Nakazaki enfatizó que la decisión del Tribunal Constitucional no absuelve ni declara inocencia, sino que señala que los hechos atribuidos no encajan dentro de ninguna figura penal vigente en las campañas de 2011 y 2016.
Explicó que en derecho penal, una persona solo deja de ser considerada inocente cuando existe una sentencia firme y con efecto de cosa juzgada. Como en este caso no se llegó a juicio, el TC no tenía que declarar una absolución, sino simplemente anular una acusación jurídicamente inviable.
Diferencias jurídicas entre lavado de activos y recepción ilícita
Nakazaki detalló que el delito de lavado de activos implica ocultar o disimular el origen ilícito de fondos para devolverlos al autor de un crimen, mientras que la recepción de dinero ilícito se refiere a recibir directamente un bien de origen ilegal sin ocultarlo. Esta segunda conducta fue tipificada en el Perú recién en 2016.
Por ello, sostuvo que los hechos imputados a Keiko Fujimori y otros miembros del partido Fuerza Popular no encajan en ninguno de estos delitos si se trata únicamente de aportes electorales previos a esa fecha. En consecuencia, todo procesamiento en base a esas conductas debía ser corregido.
Posible extensión del fallo a otros casos como el de Humala
Nakazaki advirtió que esta decisión del TC podría aplicarse a otros casos penales en curso, como el del expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, si las imputaciones se basan únicamente en aportes de campaña anteriores a noviembre de 2016.
Sostuvo que el principio de igualdad ante la ley obliga a que todos los jueces sigan el mismo criterio establecido por el TC. “No puede ser que a uno se le reconozca un derecho constitucional y a otro no, cuando los hechos son los mismos”, señaló.
No recomienda denunciar a fiscales, pero sí evaluar una indemnización
Consultado sobre la posibilidad de que Keiko Fujimori denuncie penalmente a los fiscales que llevaron el caso, Nakazaki respondió que no sería conveniente en el contexto actual.
Sin embargo, considera que sí correspondería evaluar una acción de indemnización contra el Estado por los años de proceso y las detenciones preventivas sufridas.
El abogado enfatizó que cualquier acción contra fiscales podría interpretarse como un intento de politizar la justicia, especialmente en un momento preelectoral. Recordó además que los fiscales tienen medidas de protección internacional, por lo que una ofensiva judicial podría tener repercusiones adversas.
Para Nakazaki, la mejor vía es que el Estado peruano asuma su responsabilidad cuando la administración de justicia falla, tal como ocurre en sistemas democráticos consolidados.