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Sentenciados por omisión familiar podrán reducir sus penas

Foto y video: Canal N

El Decreto Supremo 010-2026-JUS establece un procedimiento excepcional para disminuir el tiempo de reclusión de los internos que paguen las pensiones devengadas.

El Gobierno oficializó el Decreto Supremo 010-2026-JUS que aprueba un procedimiento excepcional y temporal para la evaluación de la conmutación de penas dirigida a personas sentenciadas por el delito de omisión de prestación de alimentos.

La aplicación de este beneficio legal busca mitigar la crisis de sobrepoblación penitenciaria mediante un incentivo económico directo para los internos.

Captura: Canal N

De acuerdo con el dispositivo legal, la norma tendrá una vigencia temporal que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028 en todo el territorio de Perú. El marco institucional determina que los reclusos deben cumplir con requisitos concurrentes de carácter penal y económico para acceder a la reducción de sus sanciones privativas de la libertad.

Justificación técnica del Decreto Supremo 010-2026-JUS

La aprobación de la norma se sustenta en el incremento documentado de la población penal que cumple condenas por no cumplir con la pensión alimentaria en el país. Los datos estadísticos del Instituto Nacional Penitenciario reportan que los internos por este delito específico pasaron de 442 en abril de 2022 a 1831 en abril de 2026.

Esta variación técnica equivale a un incremento del 314.25% en un periodo de cuatro años, lo que impactó de forma directa en los niveles de hacinamiento en las cárceles. El Gobierno detalló que el internamiento prolongado genera una correlación directa con la persistencia del incumplimiento económico, lo que desprotege a los beneficiarios directos de las pensiones.

Fuente: El Peruano

Requisitos penales y económicos para la reducción de penas

Los internos que soliciten acogerse a este procedimiento extraordinario deben acreditar de forma obligatoria haber cancelado como mínimo el 70% de la deuda alimenticia devengada. La Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales verificará el cumplimiento de este pago mediante la copia digitalizada del depósito judicial correspondiente.

Asimismo, el artículo 3 de la norma determina que el solicitante debe encontrarse clasificado dentro del régimen cerrado ordinario en su centro de reclusión. Los antecedentes del interno no deben registrar más de una condena de carácter efectivo ni presentar procesos penales pendientes que cuenten con un mandato de detención vigente.

Fases del procedimiento administrativo ante el Ministerio de Justicia

El trámite se inicia mediante la presentación de la solicitud firmada y declaraciones juradas a través de la plataforma digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Secretaría Técnica del sector se encarga de recopilar de oficio los certificados de antecedentes judiciales expedidos por el Instituto Nacional Penitenciario.

El Poder Judicial proveerá la información referida a las sentencias consentidas, requisitorias pendientes y el estado de las cuentas judiciales del recluso. Una vez completado el expediente con la documentación técnica, los comisionados agendarán la sesión formal para formular la recomendación definitiva que se remitirá al Presidente de la República.

El Gobierno de Perú oficializó el Decreto Supremo 010-2026-JUS, una norma de carácter excepcional y temporal vigente hasta el 31 de diciembre de 2028 que permite la reducción de penas a sentenciados por el delito de omisión de asistencia familiar. Para acceder a la conmutación de la pena, los internos deben acreditar el pago mínimo del 70% de la deuda alimenticia devengada, pertenecer al régimen cerrado ordinario, no registrar más de una condena efectiva ni tener procesos pendientes con mandato de detención. La medida responde a un incremento del 314.25% de la población penal por este delito entre 2022 y 2026.

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