Tribunal Constitucional excluye a Fernando Camet en el caso Interoceánica Sur

El Tribunal Constitucional declaró fundadas en parte las demandas de Fernando Camet, por vulnerar el derecho a la igualdad y ordenó anular la ampliación de investigación preparatoria
El Tribunal Constitucional del Perú declaró fundada en parte la demanda presentada por el empresario Fernando Camet Piccone y, como consecuencia, declaró nulas las disposiciones que ampliaron la investigación preparatoria de fecha 27 de noviembre de 2017 en su contra.
La decisión se adoptó por mayoría y señala que hubo vulneración del derecho a la igualdad en el ámbito jurisdiccional frente a otros involucrados del caso vinculado a la carretera Interoceánica Sur, tramos 2 y 3.
La acusación contra Camet comprendía el delito de lavado de activos en la modalidad de conversión, en agravio del Estado, por presunta participación en las adendas de la vía interoceánica con la empresa Odebrecht.
Según la resolución, la investigación fue ampliada sin que los demás implicados hubieran sido procesados o sentenciados por esa acusación, lo que generó un trato desigual.
Falta de trato igualitario en la investigación
La sentencia del TC especifica que Camet no recibió un tratamiento igualitario frente a otros participantes del caso, como el exdirectivo de Odebrecht, Jorge Barata. Esto, según el tribunal, implicó una vulneración del derecho a la igualdad y por extensión del derecho a la libertad personal.
En consecuencia, se anuló la orden de ampliación de la investigación preparatoria emanada del despacho de la Fiscalía Suprema.
Importe del fallo y alcance del proceso
La resolución dispone la nulidad de las disposiciones de investigación preparatoria dictadas en 2017, pero aclara que la imputación por lavado de activos en la modalidad de conversión seguirá su curso en la etapa de juicio oral.
La anulación sólo afecta el tramo de investigación inicial que, a juicio del TC, careció de igualdad de tratamiento. El fallo fue adoptado con los votos de los magistrados Helder Domínguez Haro, César Ochoa y el voto dirimente de Pedro Hernández.hubo una disidencia por parte de Gustavo Gutiérrez Ticse.
Este fallo podría abrir precedentes para que otros procesados en causas vinculadas a Odebrecht y al caso Interoceánica Sur soliciten revisión de sus investigaciones sobre la base del derecho al trato igualitario. La resolución deja sentado que la falta de paridad procesal puede invalidar etapas de investigación.








