JNE actualizó la cantidad de firmas para inscribir a organizaciones políticas
En cumplimiento a lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas, el JNE actualizó la cantidad de firmas de adherentes
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) actualizó la cantidad de firmas de adherentes que se requiere para inscribir partidos políticos y movimientos regionales ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 28094).
La norma señala que para la inscripción de un partido político se requiere una relación de adherentes no menor del 4% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, con la firma y el número de DNI de cada uno de estos.
La última elección de carácter nacional fue el Referéndum Nacional 2018, al cual concurrieron a votar 17 mil 626 323 electores.
De esta forma, al aplicar el porcentaje señalado sobre la cantidad de ciudadanos que sufragaron en dicha elección, se obtiene que para inscribir un partido se requerirá un mínimo de 705 mil 053 firmas de adherentes.
Para la inscripción de movimientos regionales se precisa no menos del 5% de adherentes sobre la base de los votantes de la última elección de carácter nacional en la circunscripción donde la agrupación desarrolla sus actividades y pretenda presentar candidatos, conforme al artículo 17, literal a, de la Ley 28094.
Para el caso de partidos políticos la cifra requerida sería de 240 mil adherentes, establecida sobre la base del 1% del padrón electoral de la última elección nacional. Para los movimientos regionales se aprobaría un listado con el número exigido por cada departamento. Por ejemplo, en el Cusco se necesitarían 9 mil 860 adherentes.
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