Poder Judicial busca revertir cambios en ley de crimen organizado
Janet Tello, titular del poder estatal, presentó un proyecto de ley que busca reincorporar sanciones, ampliar definiciones y alinear la normativa con tratados internacionales.

El Poder Judicial de Perú presentó oficialmente ante el Congreso el proyecto de ley 11959‑2024‑PJ, que plantea revertir las modificaciones introducidas por las normas 32108 y 32138 a la Ley contra el Crimen Organizado y al artículo 317 del Código Penal.
El objetivo central, según el documento, es fortalecer la persecución penal contra organizaciones criminales, eliminando vacíos legales y alineando el marco normativo con los estándares internacionales establecidos por la Convención de Palermo y otras convenciones anticorrupción.
Eliminación de vacíos legales y reincorporación del verbo “promover”
Las reformas anteriores quitaron el verbo “promover” del tipo penal, lo que impidió sancionar a quienes convocan o fomentan la formación o expansión de una organización criminal. El proyecto del PJ propone reincorporarlo, permitiendo perseguir una fase clave en la formación de bandas delictivas.

Penalizar solo la constitución e integración de un grupo criminal deja impune a aquellos que financian, promocionan o alientan actividades ilícitas. La Convención de Palermo exige sancionar estas conductas, pues son el germen del crimen organizado.
Ampliación de la definición de “organización criminal”
El proyecto propone redefinirla como un grupo permanente de tres o más personas orientadas a cometer delitos graves, reduciendo el umbral mínimo de pena penal a 4 años (antes era 5), y eliminando la exigencia de una “estructura compleja desarrollada”.
Ajuste del umbral penal y criterios de tipicidad
El proyecto alinea la legislación peruana con la Convención de Palermo, que define como delito grave todo ilícito con pena mínima de 4 años, no 5. Así se amplía el alcance de persecución penal a delitos significativos, incluidos ciertos casos de corrupción.
Al eliminar términos como “estructura compleja desarrollada”, la propuesta fortalece la claridad legal (lex certa), reduciendo la arbitrariedad judicial y facilitando la acción penal contra organizaciones delictivas de diversa envergadura.

Inclusión de agravantes y alcance transnacional
Se establecen agravantes para quienes lideran, financian o utilizan tecnología o símbolos criminales, así como aquellos que operan desde penales o a través de redes con alcance transfronterizo.
Impacto en grupos transnacionales
La reforma reconoce que muchas redes criminales funcionan tanto dentro como fuera del país, y busca perseguir eficazmente a aquellas que cruzan fronteras nacionales, fortaleciendo el trabajo en cooperación internacional.
Adecuación a compromisos internacionales
Indican en el planteamiento que el Perú está obligado a incluir la promoción y persecución de delitos como corrupción dentro del marco de crimen organizado, según tratados internacionales. Las reformas anteriores excluyeron estos delitos, creando un conflicto legal con dichos compromisos.
Ampliación de delitos tipificados
Banda criminal, extorsión, colusión, tráfico ilícito de migrantes y tráfico de influencias, entre otros, quedarían incluidos bajo la definición de crimen organizado, fortaleciendo la acción penal pública.
Opinión de especialistas y contexto político
El abogado penalista Mario Amoretti, en Canal N, aseguró que esos cambios benefician a congresistas investigados por delitos vinculados a estructuras criminales. Señaló que la tipificación se volvió “demasiado laxa” y admite “enriquecimiento ilícito y corrupción” sin consecuencias más severas.
Desigualdad en la aplicación de la ley
Amoretti sostuvo que, en muchos casos, las autoridades judiciales aplican mal la ley para obtener detenciones prolongadas o, al contrario, liberan a implicados por tecnicismos. La reforma busca que la ley sea precisa y efectiva, sin lugar a abusos ni vacíos.
Duda sobre el avance legislativo
El especialista se mostró escéptico sobre el avance del proyecto: “Muchos congresistas prefieren normas que los protejan”, dijo. Además, recordó que el Congreso actual tiene baja aprobación y está integrado por parlamentarios investigados o vinculados a casos de corrupción.
Beneficios esperados de la reforma
Con definiciones más amplias y claras, se incrementan las herramientas legales para desarticular organizaciones dedicadas a delitos graves, tanto a nivel nacional como trasnacional.
Se espera que la persecución más efectiva reduzca el crecimiento de estructuras delictivas y contribuya a una sensación de justicia más legítima entre los ciudadanos.
Cumplimiento de estándares internacionales
La reforma eliminaría la discrepancia entre la ley peruana y los tratados que el país ha ratificado, mejorando su imagen y facilitando la cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado.
Claridad jurídica sin costo soberano
Al eliminar términos imprecisos y actualizar las definiciones, se mejora la seguridad jurídica sin generar gastos adicionales al Estado, ya que no implica nuevas instituciones ni logística adicional.
La propuesta del Poder Judicial representa un esfuerzo para revertir avances legislativos que redujeron la capacidad de sanción contra el crimen organizado y la corrupción.
Hoy, el camino pasa por el debate legislativo en comisiones: el texto pasará por análisis en la Comisión de Justicia y Legislación. Finalmente, por la primera votación en el Pleno: si supera esta etapa, pasará al Ejecutivo para convertirse en ley.
El Proyecto de Ley 11959‑2024‑PJ busca devolver al Código Penal el verbo “promover”, reducir el umbral de delitos graves, eliminar términos ambiguos, incluir agravantes y alinear el sistema con la Convención de Palermo. Sus beneficios abarcan seguridad jurídica, eficacia penal, combate a la corrupción y fortalecimiento institucional. El debate legislativo será determinante para saber si el país cierra las puertas legales al crimen organizado.